Factura para actuación en Nochevieja

Tengo una duda que no consigo aclarar por ninguna vía y me urge un poco el tema. Soy músico profesional y trabajo por cuenta ajena, doy clase en un conservatorio y toco en una orquesta que me hace un contrato por cada concierto en el que toco.

Recientemente me han llamado de un hotel de mi ciudad para amenizar el aperitivo de la cena de Nochevieja, pero me han dicho que es imprescindible que les haga factura.

Seremos un trío, aunque estoy dispuesto a figurar yo solo en la factura si es necesario,
pero ¿es posible que emita una factura sin ser autónomo ni tener una empresa? ¿Bastaría con emitir la factura con mis datos o hay que hacer algún trámite más?

Espero que sepas disculpar lo genérico de mi pregunta, pero estoy muy, muy perdido y el tiempo se agota.

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1

Si, es posible emitir una factura con el IVA que pueda corresponder sin darse de alta como autónomo ni tener empresa.

En dicho supuesto debe emitir la factura y liquidar el IVA en Hacienda. Ya que es una actividad puntual no debería representar mayor problema que la presentación de dicha liquidación en Hacienda.

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Gestión de deudas e impagados.

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¿Y cómo debería elaborar la factura? Aunque allí me han dicho que lo que necesitan son los datos de facturación, creo recordar que CIF (NIF en este caso), dirección, nombre y no recuerdo si algo más.

¿Debo hacer un trámite previo en hacienda o lo hago después todo?

Por último, en caso de que volviesen a llamar en otras ocasiones, ¿podría hacer otra factura o sólo puedo hacerlo una vez?

Muchas gracias de nuevo.

Datos que precisa la factura.

Emisor (Ud)

Nombre completo; NIF, domicilio, población

Receptor

Los mismos

Fecha factura,

Concepto, importe, Base imponible (= importe), IVA (tipo que corresponda), importe total.

No, no debe hacer ningún tramite.

Podría hacer, pero si Hacienda detecta asiduidad (que no es una actividad esporádica, es una actividad temporal o reiterada) podría contactar con Ud. Tampoco hay que olvidar ni el importe de la transacción, ni la repetición cuando pueda superar 4/5 operaciones al año.

Una última duda. Si no hago ningún trámite más, ¿no pago el IVA? De pagarlo, ¿Cómo lo haría? De la factura, dos copias, supongo.

Lógicamente debe ingresar el importe del IVA que repercute en la factura con el modelo 303 de Hacienda y que al realizarse la imputación en el 4º Trimestre del 2012, deberá ingresarse antes del 30/01/2013 mediante pago en cuenta bancaria.

Factura dos copias. Una para el interesado y otra para Ud. como constancia.

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