Declaración renta conjunta

Quería hacerte una consulta sobre la declaración de la renta de éste año. Verás a mi pareja y a mi siempre nos ha venido hecha el borrador y solo teníamos que aceptarla y ya está. Nos venía con la opción de conjunta o individual y según nos saldría más beneficiosa elegíamos una u otra. El problema es que nosotros no estamos casados ni somos pareja de hecho ni nada y en hacienda aparecemos como si lo fuéramos desde el año 2004 y en gananciales. Nosotros pensábamos que el motivo de poder hacer la declaración conjunta era tener un préstamo hipotecario en común desde justo ese año. Y el problema es que en 2012 hemos tenido nuestro primer hijo y hacienda éste año nos hace presentar el libro de familia dónde pone nuestro estado civíl soltero. Entonces me comentan que debo presentar a hacienda un escrito para que me vuelvan a hacer las últimas 4 declaraciones de la renta y devolver lo que me corresponda. Y mi pregunta es: ¿Cuál es mi mejor opción?, aclararlo ya o dejarlo pasar esperando que no se den cuenta. Y pensamos que no ha sido nuestro error porque si ellos nos tienen como una pareja casada deberán tener algún justificante que nosotros hayamos presentado que lo pruebe, ¿no?.

Bueno a ver si nos sacas de dudas.

Respuesta
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Hacienda elabora e envía un borrador, que es exactamente esto un borrador, una estimación, no una declaración de la renta hecha y revisada. Es obligación del contribuyente revisar y corregir los datos incorrectos incluidos en el borrador.

Si no estáis casados no podéis hacer la declaración conjunta. Si durante los últimos 4 ejercicios habéis presentado alguna declaración conjunta debéis hacer la complementaria y devolver los ingresos indebidos.

Hacienda se dará cuenta del "error" cometido. En ningún caso podéis alegar que es error de ellos y vosotros simplemente confirmabais, confirmando otorgáis vuestra aceptación de los datos incluidos en las declaraciones. Si hacéis las complementarias de forma voluntaria, os van a imponer un recargo del 20% por haber pasado mas de 1 año desde que finalizo el plazo de presentación de la declaración en plazo reglamentario, salvo del año 2011 que será un recargo del 15% mas los intereses de demora en todos los casos.

Si la AEAT revisa las rentas y os hace una inspección a parte de tener que devolver las cantidades indebidamente cobradas os pueden poner una sanción que varia desde el 50% hasta el 100% en función de si el funcionario estime que es una falta leve o grave lo que habéis cometido. La presentación reiterada de declaraciones que contienen información incorrecta para obtener beneficios fiscales se puede considerar fácilmente falta grave.

Espero haberte ayudado.

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Necesitaría una aclaración. Entonces no entiendo porque en hacienda figuramos como casados y en régimen de bienes gananciales desde 2004 porque yo no les he presentado ninguna documentación que así lo afirme.
Gracias.

En algún momento algún colaborador o tercero ha declarado por error material involuntario que estáis casados - el banco cuando os ha concedido la hipoteca, el notario al comunicar la escritura de compraventa, el registro de la propiedad, etc. Debéis verificar como figuráis en todos estos sitios.

Vosotros al confirmar el primer borrador donde venia que estabais casados, de forma expresa habéis confirmado que este hecho es concreto. El primer año en el que recibisteis el borrador figurando como casados, deberíais haber ido a la AEAT y subsanado el error.

En cuando la AEAT detecta el error no os podéis escudar en el hecho de que el primer error fue de la AEAT. Es responsabilidad del contribuyente verificar y modificar sus datos en la AEAT.

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