Compatibilizar trabajo por cuenta ajena con trabajo cuenta propia esporádico
Tengo un trabajo por cuenta ajena (dado
de alta seg social, etc) pero me ha surgido la posibilidad de hacer un
trabajo específico que no necesita tiempo presencial en la empresa para
la que lo realizo. Mi pregunta es si puedo hacer ese único servicio que
se realiza sin presencia fija entregando un informe, y si lo puedo
facturar sin darme de alta por autónomo.
Es decir puedo facturar a
la empresa, añadir ese importe a mi IRPF como rendimiento del trabajo
(reteniendo lo habitual a profesionales tipo arquitectos, creo 18%).?
Gracias de antemano