Inmovilizado
Buenos días, soy administrativa y llevo la contabilidad de mi empresa. Tengo dudas respecto al tema de inmovilizado, ¿tengo entendido que es obligatorio dar de alta un material como inmovilizado cuando el importe es superior a 600? Que en importes menores no es obligatorio. ¿Por ejemplo un teclado no sería necesario o una mesa de oficina que cueste 200?.
Espero que pueda resolverme la duda, muchas gracias.
Espero que pueda resolverme la duda, muchas gracias.
Respuesta de vicente0602
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