Legalización de libros

Hola, llevo trabajando desde enero en la contabilidad de una empresa, hasta mi llegada a dicha empresa la contabilidad la estaba llevando una asesoría, ahora me pasan una factura en la que incluyen los siguientes conceptos:
-Tasa registro mercantil 2005
-Honorarios deposito libros contables 2005
-honoraqrios legalización libros de actas
-Tasa legalización libro de actas registro mercantil.
Yo suponía que solo se debían de depositar en el registro el diario de contabilidad y el balance y luego por otro lado el diario de iva que supongo de hará en hacienda.
La pregunta que tengo es que libros hay que legalizar, cuando y donde.
No se si me habré excedido demasiado pero es una gran duda que tengo.
Gracias ante todo.

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Los libros contables hay que legalizarlos el plazo es hasta el 30 de Abril del año siguiente al ejercicio cerrado.
No son obligatorios legalizar el libro de IVA y el mayor, el resto si.
Lo que pasa que por no hacer tantos libros al final queda todo en uno y se legaliza completo, sino tendrías, un libro con diario y balances, otro con el mayor y otro con el IVA un poco lioso al final.

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