(IVA) Operación triangular
En una operación triangular una empresa Española compra una mercancía fuera de la UE y la vende a su cliente en Alemania.
Mis preguntas serán basadas en varias opciones de venta:
Nota: (acaba de entrar en vigor INCOTERMS2011, pero los INCOTERMS que voy a nombrar también hay en la edición previa, INCOTERMS2000).
1- Si la venta se realiza en condiciones - DDU: está claro que la factura de la empresa española esta EXENTA de IVA, ya que es su cliente (Alemán) quien liquida los derechos en aduana al liberar la mercancía (IMPORTACIÓN).
Pregunta: Una vez la mercancía esta despachada/ liberada (Importación) en aduana de Alemania pero hay transporte posterior (entrega) hasta almacen de cliente Alemán, este tramo se factura con IVA ¿
Hay un factor de tener en cuenta, que el tipo de transporte es terrestre y la factura por el servicio de transporte que el transportista emite a la empresa española será SIN IVA, ya que el transportista es una empresa extranjera (no UE).
Pongo ejemplo: ¿La empresa española vende una mercancía por valor de 1000? En condiciones DDU-Munich (Almacen de cliente Alemán), pero despacho de aduana de Importación se realiza en la aduana de Dresden. En el caso de que se factura con IVA, ¿cómo se calcula la parte proporcional del TOTAL de la factura de 1000?, por el transporte hasta Munich (Dresden- Munich aprox.300 km)¿
2- Si la misma operación se realiza en condiciones de venta DDP- Munich:
La empresa española puede repercutir en su factura al cliente Alemán solo IVA español 18%, pero el IVA alemán es 19%, por lo que el Agente de aduana (en Dresden) para poder liberar la mercanica (IMPORTACIÓN) exige a la empresa española IVA 19% (+ Aranceles, si proceden).
Preguntas:
- ¿Si son correctos los pasos descritos?
- ¿Recuperará la empresa española la diferencia de IVA (en este caso es 1%) en las declaraciones trimestrales/anual?
Mis preguntas serán basadas en varias opciones de venta:
Nota: (acaba de entrar en vigor INCOTERMS2011, pero los INCOTERMS que voy a nombrar también hay en la edición previa, INCOTERMS2000).
1- Si la venta se realiza en condiciones - DDU: está claro que la factura de la empresa española esta EXENTA de IVA, ya que es su cliente (Alemán) quien liquida los derechos en aduana al liberar la mercancía (IMPORTACIÓN).
Pregunta: Una vez la mercancía esta despachada/ liberada (Importación) en aduana de Alemania pero hay transporte posterior (entrega) hasta almacen de cliente Alemán, este tramo se factura con IVA ¿
Hay un factor de tener en cuenta, que el tipo de transporte es terrestre y la factura por el servicio de transporte que el transportista emite a la empresa española será SIN IVA, ya que el transportista es una empresa extranjera (no UE).
Pongo ejemplo: ¿La empresa española vende una mercancía por valor de 1000? En condiciones DDU-Munich (Almacen de cliente Alemán), pero despacho de aduana de Importación se realiza en la aduana de Dresden. En el caso de que se factura con IVA, ¿cómo se calcula la parte proporcional del TOTAL de la factura de 1000?, por el transporte hasta Munich (Dresden- Munich aprox.300 km)¿
2- Si la misma operación se realiza en condiciones de venta DDP- Munich:
La empresa española puede repercutir en su factura al cliente Alemán solo IVA español 18%, pero el IVA alemán es 19%, por lo que el Agente de aduana (en Dresden) para poder liberar la mercanica (IMPORTACIÓN) exige a la empresa española IVA 19% (+ Aranceles, si proceden).
Preguntas:
- ¿Si son correctos los pasos descritos?
- ¿Recuperará la empresa española la diferencia de IVA (en este caso es 1%) en las declaraciones trimestrales/anual?
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