IVA compras a particulares de la CEE

Buenos días.
Soy autónomo y tengo una pequeña tienda.
A veces compro a la CEE artículos para mi tienda (consumibles...).
Estos artículos no son para vender, sino para el mantenimiento de mi tienda.
La pregunta es,
¿Ellos me tienen que facturar sin IVA? Entiendo solo en el caso de que sean empresas. ¿Pero qué ocurre si me han cobrado el IVA de su país?
¿Si son particulares? Entonces, ¿no tendría que declararlo en el mod 309? ¿Cómo lo contabilizo?.
Gracias

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La verdad es que soy experto en importaciones, no en contabilidad, por lo que le voy a dar una respuesta que posiblemente deba contrastar también con su gestor. No importa si la compra es para mantenimiento de su tienda o para venta, son compras que realiza su empresa, y si son de la CEE son INTRACOMUNITARIAS, por lo cual las facturas deben ser SIEMPRE sin IVA, y deben declararse en el Intrastat, modelo 349 para las ventas, pero no estoy seguro si también para las compras.
Lo único que puedo asegurar es que las compras intracomunitarias deben venir facturadas sin IVA si son de un país diferente al nuestro (España) sea a particulares o empresas. En todo caso repito que es mejor que busques en la web alguna respuesta similar sobre la parte contable como la que te adjunto: http://www.todoexpertos.com/categorias/dinero-y-servicios/impuestos/respuestas/2376005/ayuda-con-modelo-303-facturas-intracomunitarias
Espero haber sido de ayuda y saludos,
Javier Mesa
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