Socio SL desaparecido con 5000 euros de la empresa
Le ruego que disculpe que me extienda tanto pero creo que es necesario para mayor claridad.
Hace tres años constituimos un SLNE formada por tres socios, uno tiene el 10% de las participaciones y los otros dos un 45% cada uno. En el momento de la formación de la SL el capital social lo aportó el socio del 10% quedando los otros dos en que le devolverían el dinero prestado personalmente cuando se repartieran beneficios. Los dos primeros años ha habido pérdidas y el socio minoritario, que soy yo, ha prestado a la sociedad el dinero suficiente para seguir trabajando.
Los dos socios mayoritarios, que son los que trabajan en la empresa y cobran sueldo mensual de la misma, han sido hasta ahora administradores solidarios de la SL. Uno de los socios mayoritarios decide abandonar la empresa aduciendo que por motivos personales se ve
Obligado a trasladar su residencia fuera de España y manifiesta querer cobrar los supuestos beneficios de este año por adelantado. Se le hace ver la imposibilidad de tal cosa ya que el ha cobrado un sueldo cada mes por su trabajo. Se acuerda que aunque se vaya permanezca como socio hasta el 31 de Diciembre ya que en ese momento para el que faltan menos de dos meses se verá si hay beneficios después de pagar todas las deudas e impuestos.
En día Jueves se realiza ante notario su cese como administrador. Tras esta formalidad se marcha de la ciudad despidiéndose hasta después de final de año en que volverá para proceder al traspaso de las participaciones y ver si ha habido beneficios. Hasta aquí todo perfecto pero...
Al día siguiente, viernes, nuestro "leal" socio va a una oficina del banco donde tenemos la cuenta de la sociedad y mediante su DNI ha sacado un total de 5000 euros.
Entiendo que es apropiación indebida o hurto ya que hacia 24 horas que había cesado como administrador.
No responde al teléfono y suponemos que ya debe de haber salido de España.
Concretando las preguntas y teniendo en cuenta que es insolvente
¿Como contabilizamos ese hurto/desfalco/apropiación indebida?
Y lo más importante ¿cómo hacemos para que esa persona desaparezca de la sociedad y no la tengamos perpetuamente como dueño del 45% de la empresa después del daño que nos ha hecho?
¿Sería mejor crear otra SL para seguir trabajando dejando la actual sin operar? ¿Podríamos conseguir que con una demanda penal o civil se le desposeyese de su titularidad y pasase a manos de los socios damnificados? ¿Es aconsejable presentar denuncia en la policía?
Hace tres años constituimos un SLNE formada por tres socios, uno tiene el 10% de las participaciones y los otros dos un 45% cada uno. En el momento de la formación de la SL el capital social lo aportó el socio del 10% quedando los otros dos en que le devolverían el dinero prestado personalmente cuando se repartieran beneficios. Los dos primeros años ha habido pérdidas y el socio minoritario, que soy yo, ha prestado a la sociedad el dinero suficiente para seguir trabajando.
Los dos socios mayoritarios, que son los que trabajan en la empresa y cobran sueldo mensual de la misma, han sido hasta ahora administradores solidarios de la SL. Uno de los socios mayoritarios decide abandonar la empresa aduciendo que por motivos personales se ve
Obligado a trasladar su residencia fuera de España y manifiesta querer cobrar los supuestos beneficios de este año por adelantado. Se le hace ver la imposibilidad de tal cosa ya que el ha cobrado un sueldo cada mes por su trabajo. Se acuerda que aunque se vaya permanezca como socio hasta el 31 de Diciembre ya que en ese momento para el que faltan menos de dos meses se verá si hay beneficios después de pagar todas las deudas e impuestos.
En día Jueves se realiza ante notario su cese como administrador. Tras esta formalidad se marcha de la ciudad despidiéndose hasta después de final de año en que volverá para proceder al traspaso de las participaciones y ver si ha habido beneficios. Hasta aquí todo perfecto pero...
Al día siguiente, viernes, nuestro "leal" socio va a una oficina del banco donde tenemos la cuenta de la sociedad y mediante su DNI ha sacado un total de 5000 euros.
Entiendo que es apropiación indebida o hurto ya que hacia 24 horas que había cesado como administrador.
No responde al teléfono y suponemos que ya debe de haber salido de España.
Concretando las preguntas y teniendo en cuenta que es insolvente
¿Como contabilizamos ese hurto/desfalco/apropiación indebida?
Y lo más importante ¿cómo hacemos para que esa persona desaparezca de la sociedad y no la tengamos perpetuamente como dueño del 45% de la empresa después del daño que nos ha hecho?
¿Sería mejor crear otra SL para seguir trabajando dejando la actual sin operar? ¿Podríamos conseguir que con una demanda penal o civil se le desposeyese de su titularidad y pasase a manos de los socios damnificados? ¿Es aconsejable presentar denuncia en la policía?
1 respuesta
Respuesta
1