Jubilación

Tenemos un trabajador en la empresa que no quiere jubilarse a pesar de haber cumplido los 65 años, nuestro convenio establece que una vez cumplido los 65 deberá jubilarse siempre y cuando haya trabajado los años estipulados para cobrar la jubilación. Esta persona ya ha cotizado los años necesarios, ¿cómo podemos iniciar los trámites para que esta persona se jubile?
Gracias
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La jubilación se gestiona por el INSS, a través de sus Direcciones provinciales y de las CAISS . Hay que rellenar un modelo y añadir el DNI, certificado de empresa y seguramente os pidan los seguros sociales.
Con esos datos podréis jubilar al trabajador, que aunque quiera seguir trabajando lo podéis jubilar sin problema.
Gracias por tu respuesta, supongo que estos trámites que me indicas los tiene que realizar la empresa, ¿verdad?
En cuanto a la liquidación, me gustaría que me confirmaras si lo que hay que pagar en su liquidación es unicamente la parte proporcional de pagas extras y vacaciones no disfrutadas y devengadas, ¿hay algún concepto más que deba incluir?
Gracias
No, con eso estaría todo.

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