Horario en empresa cliente
Hola
En mi convenio que es el de ingenierías, estudios técnicos y oficinas de arquitectura, en el apartado 23.4 pone
4. Todo trabajador desplazado a otra empresa u obras por razón
de servicio, se atendrá al horario del centro del trabajo de destino, si bien,
en cuanto al cómputo de las horas trabajadas durante el tiempo de su
desplazamiento, se respetarán las existentes en su empresa de origen.
Nuestra empresa es de Barcelona, y nosotros estamos en Bilbao y vivimos aquí.
Estamos en las oficinas de un cliente y según el calendario de nuestro cliente tienen unos días que cogen puente. Nuestra empresa dice que eso días debemos cogerlos de las vacaciones, es esto correcto?, o como dice el convenio tenemos que tener el mismo horario.
Gracias y un saludo