Libros Contables
Hola lisboa. Te comento: para una S.L. Los libros contables que tienes que legalizar son:
- Libro Diario.
- Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.
- Además, libros auxiliares como los de facturas emitidas y recibidas o bienes de inversión.
También deberás legalizar una serie de libros "no contables":
- Libro de Actas.
- Libro de Registro de Participaciones
En cuanto a las cuentas anuales, éstas deberás formularlas dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal y aprobarlas en la Junta General de la sociedad, dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal.
Una vez aprobadas deberás depositarlas en el Registro Mercantil para darles publicidad.
Espero haberte aclarado todas las dudas. Un saludo y no olvides puntuar.
- Libro Diario.
- Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.
- Además, libros auxiliares como los de facturas emitidas y recibidas o bienes de inversión.
También deberás legalizar una serie de libros "no contables":
- Libro de Actas.
- Libro de Registro de Participaciones
En cuanto a las cuentas anuales, éstas deberás formularlas dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal y aprobarlas en la Junta General de la sociedad, dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal.
Una vez aprobadas deberás depositarlas en el Registro Mercantil para darles publicidad.
Espero haberte aclarado todas las dudas. Un saludo y no olvides puntuar.
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Respuesta de serpean
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