Autónomo

Hola, gracias de antemano. Mi mujer ha montado una tienda de ropa, ella es autónoma, el pasado mes de octubre, bien, el local esta a mi nombre, y tenemos separación de bienes, quisiera saber que gastos me puedo deducir en la declaración de la renta. Tenemos régimen de equivalencia.

1 Respuesta

Respuesta
1
<%=Texto%>por lo que me dices tu mujer está en régímen de ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA a efectos de renta, y se puede deducir, para determinar su beneficio neto:
Compras, luz, agua, teléfono, seguros, alquiler ( caso de que lo pague, recibo de autónomo, gastos bancarios, papelería, portes, y cualquier otro tipo de gasto NECESARIO para el negocio, en general lo mismo que al hacer el modelo 130 cada tres meses, es la misma cuenta aue haces al presentar el 4º T., eso será lo que TU MUJER pondrá en la renta ( INDIVIDUAL O CONJUNTA SEGÚN INTERESE) EN EL APARTADO rendimiento de actividades económicas. Tus ingresos irán aparte en el concepto que te correspnda.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas