Endoso de cheques

Tengo una duda sobre la contabilización de cheques cuando estos son cobrados a los clientes y endosados a los proveedores.
Imagina que cobro un cheque por valor de 500 euros a un clientes y tengo una deuda con un proveedor de 300 euros. Decido endosar este al proveedor. ¿El asiento sería éste?
De 400 (300)
de 407 (172,41)
de 472.16 (24.59)
a/ 430 (500)
Otra duda es, como es necesario para el modelo 347 contabilizar en la cuenta 400 las deudas a proveedores y no directamente en la cuentas 57, en el caso del asiento anterior imagina que ahora recibo una factura de este proveedor y la contabilizo de la siguiente manera:
de 600 (172.41)
a/ 407 (172.41)
Entonces, ¿teniendo en cuenta el modelo 347 en lugar de este último asiento tendría que hacer?
de 600 (172.41)
a 400 (172.41)
--
de 400 (172.41)
a 407 (172.41)

2 respuestas

Respuesta
1
a) amigo(a)
Con el primer asiento, emites un anticipo a proveedores del que tienes que conseguir factura, sino el IVA que pones no será deducible.
El asiento es simple y práctico, pero inclumple el principio de compensación entre clientes y proveedores.
Quizás es más práctico utilizar como cuenta puente la 570 Caja.
570
... a 430
400
407
472 evidentemente incluyes los datos el proveedor, bI, etc.
... a 570
El resto de la exposición es correcta, sólo una cosa, normalmente los programas de contabilidad solo suman a efectos del 347 las cantidades que llevan IVA para evitar que la cuenta de clientes sume, por ejemplo, las devoluciones de facturas que no se hayan contabilizado en la 4315. En este sentido, según tu exposición no se tendría en cuenta para el 347, si tu programa usa los baremos que te menciono.
Hola,
Entonces según comentas no se puede hacer
400
A 430
El problema con la alternativa que me propones es que estoy contabilizando un dinero en efectivo en la caja que realmente no he cobrado. Algunas veces los cheques que se emiten no tienen fondos para ser atendidos entonces estoy diciendo que he cobrado de mi cliente un dinero que puede que luego no cobre realmente con ese cheque. ¿Qué se puede hacer entonces?
Respecto al 347, entonces ¿cómo se haría para que el programa tuviera en cuenta a este proveedor?
Muchas gracias!
Desgraciadamente, una cosa es como contabilizar un asiento y otra como armonizarlo con el registro de IVA. Evidentemente si queremos tener un registro de IVA impecable, hay que hacer más asientos que cumplan el protocolo de nuestro programa de contabilidad y no acortar el trabajo simplifanco (ojo, es una reflexión, que cada cual haga lo que crea oportuno)
La idea de contabilizarlo en caja, es que tu realmente tienes el dinero, en forma de cheque, osea, cash... efectivo... y entregas cash, efectivo. ¿Me sigues?
Pero puedes coger otra cuenta que sea puente, de tesorería, que rebautices como Cheques, etc...
Lo del 347, tienes que ver como trabaja tu programa de contabilidad para obtener esa cifra, y entonces actuar en consecuencia.
Respuesta
1
En principio, tienes que tener en cuenta el principio de registro y el de no correlación de ingresos y gastos.
Es decir, que al facturar al cliente tienes que hacer lo siguiente:
En el DEBE:
430 500,00
En el HABER:
700 431,03
47716 68,97
______________________________
Ahora bien, cuando le endoses el cheque tendrás que apuntar:
En el DEBE:
400 300
407 200
En el HABER:
430 500
______________________________
Ten en cuenta que este último asiento no tiene relación con ninguna operación de entrega de bienes o prestación de servicios por lo que no puede llevar I.V.A.
El asiento del gasto contra la cuenta del proveedor es independiente de éste último.
Por otra parte, respecto del modelo 347, no existe en la normativa del I.V.A. nada que te obligue a mantener un determinado saldo en ninguna cuenta.
Lo que ocurre es que para tener un mejor control interno de las operaciones y poder contrastar la información que se lleva al modelo 347, es recomendable que las cuentas de proveedores se separen y así se diferencien mejor los saldos.
Muchas gracias kormak!. No obstante, según mis libros de contabilidad cuando se contabiliza un anticipo el IVA de éste se devenga en ese mismo momento y por tanto tiene que contabilizarse junto al anticipo.

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