Autónomos

Mi pregunta es la siguiente, en el año 2004, ¿en el mes de septiembre compramos maquinaria de más de 3.000?, en el 4º trimestre, se amortizó la parte proporcional, es decir, de septiembre hasta el 31 de diciembre, ahora en el 2005, en el 4º trimestre, ¿se deberá amortizar entero? Es decir, el 12 % (¿creo qué era) del valor de la máquina?
Muchas gracias.
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En principio, las amortizaciones del inmovilizado tendrás que hacerlas en la declaración anual.
Por lo tanto, lo que tendrás que imputar como amotización de ese inmovilizado será la cantidad anual correspondiente a la depreciación del 2005.
Por último, no tengas reparo en seguir preguntando hasta que lo tengas todo bien claro.

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En el año 2004 amortizaste 3 meses. En el 2005 debes amortizar 12 meses. En total tardarás 8,3 años en amortizar la máquina.
El valor de la máquina, supongamos 1000 euros lo divides entre 8,33333 años: te da 120 euros por cada año.

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