Amortización leasing

Hola kormak.
Se puede amortizar un leasing de forma directa, es decir la cuenta(681)a la cuenta(217) o hay que hacerlo de forma indirecta cuenta(681)a cuenta (281).
El leasing es por un local.
Un saludo.
Respuesta
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En principio, cuando tienes un leasing, debes utilizar la 681 y la 281.
Si llevas la 681 contra la 217, lo que estás haciendo es contabilizar una pérdida extraordinaria del valor del bien y no una provisión.
Ahora bien, una vez que se termine de pagar el leasing, tendrás que dar de alta la cuenta de inmovilizado (automóviles, locales, maquinaria, etc.) dando de baja la 217.
El asiento que tendrás que hacer justo después, es el de recalificación de las amortizaciones, es decir, tendrás que llevar la 281 contra la 282, dado que la amortización se convierte en una del inmovilizado material.

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