Dudas sobre la venta de vivienda y las deducciones por la inversión realizada
Soy el de la casade 92 millones que vende otra por 55 y te vuelve loco a preguntas...
He estado leyendo una respuesta tuya a otra persona y ya me he hecho un lío.a mí me dices que no puedo volver a deducirme porlo reinvertido, ya que lo dice la norma y sin embargo en el siguiente caso :Buenos días mi consulta es la siguiente:
Vamos a vender nuestra vivienda habitual por 47 millones de pesetas, que me costo en su día 17 millones de pesetas. Nos cambiamos a otra vivienda que va a ser la habitual y que nos cuesta 51 millones.
De la vivienda que vendo comprada en Mayo de 2000 he estado pagando una hipoteca de unas 100000 pts/mes y me queda de pagar de dicha hipoteca 9 millones de pesetas.
Querría saber como funciona la reinversión en vivienda habitual, requisitos, etc. A poder ser en un ejemplo practico con los datos que le adjunto.
Muchas gracias.
Re: Venta vivienda y reinversión en vivienda habit
Hola:
En tu caso la venta generará una GANANCIA PATRIMONIAL que se calcula así:
Ganancia Patrimonial = Valor venta - Valor compra actualizado
Valor venta: 47 millones
Valor compra: 17 millones
Valor compra actualizado = 17 x 1,1261 = 19.143.700
GANANCIA: 47.000.000-19.143.700=27.856.300
A pagar:
27.856.300 x 15% = 4.178.445
Caso de no acogerte a la EXENCIÓN POR REINVERSIÓN deberás pagar 4.178.445 en concepto de IRPF por la ganancia producida en la venta.
Para no pagar esta cantidad puedes acogerte a la Exención por Reinversión.
Para ello debes reinvertir TODO lo recibido por la venta menos la parte pendiente del préstamo.
En tu caso debes reinvertir:
47-9=38 millones
¿Qué significa esto? Que para acogerte a la exención por reinversión tienes que comprar la nueva vivienda de 51 millones pagando 38 millones en efectivo y pidiendo, COMO MÁXIMO, un préstamo de 9 millones.
Si haces esto quedarás exento de pagar los 4.178.445 calculados antes.
Posteriormente, en los años siguientes te podrás deducir por los pagos del préstamo de la misma manera que hasta ahora."
¿Le dices que sí se pueden deducir en los años posteriores .No entiendo cual es la diferencia.Lo único diferente es que mi reinversión sería parcial y no total pero por qué yo no me podría deducir por los pagos del préstamo que pido que sería en principio de 32 millones y en este caso sí se pueden deducir por los 9 millones de préstamo?
Te recuerdo que yo invertiría 32 millones (para quedar exento tendría que reinvertir 324.556'66) con lo cual me quedaban una parte proporcional a pagar por lo no reinvertido pero después por el préstamo de 30 millones entiendo que sí podría deducir, ¿no?
Muchas gracias y perdón por ser tan pesado
He estado leyendo una respuesta tuya a otra persona y ya me he hecho un lío.a mí me dices que no puedo volver a deducirme porlo reinvertido, ya que lo dice la norma y sin embargo en el siguiente caso :Buenos días mi consulta es la siguiente:
Vamos a vender nuestra vivienda habitual por 47 millones de pesetas, que me costo en su día 17 millones de pesetas. Nos cambiamos a otra vivienda que va a ser la habitual y que nos cuesta 51 millones.
De la vivienda que vendo comprada en Mayo de 2000 he estado pagando una hipoteca de unas 100000 pts/mes y me queda de pagar de dicha hipoteca 9 millones de pesetas.
Querría saber como funciona la reinversión en vivienda habitual, requisitos, etc. A poder ser en un ejemplo practico con los datos que le adjunto.
Muchas gracias.
Re: Venta vivienda y reinversión en vivienda habit
Hola:
En tu caso la venta generará una GANANCIA PATRIMONIAL que se calcula así:
Ganancia Patrimonial = Valor venta - Valor compra actualizado
Valor venta: 47 millones
Valor compra: 17 millones
Valor compra actualizado = 17 x 1,1261 = 19.143.700
GANANCIA: 47.000.000-19.143.700=27.856.300
A pagar:
27.856.300 x 15% = 4.178.445
Caso de no acogerte a la EXENCIÓN POR REINVERSIÓN deberás pagar 4.178.445 en concepto de IRPF por la ganancia producida en la venta.
Para no pagar esta cantidad puedes acogerte a la Exención por Reinversión.
Para ello debes reinvertir TODO lo recibido por la venta menos la parte pendiente del préstamo.
En tu caso debes reinvertir:
47-9=38 millones
¿Qué significa esto? Que para acogerte a la exención por reinversión tienes que comprar la nueva vivienda de 51 millones pagando 38 millones en efectivo y pidiendo, COMO MÁXIMO, un préstamo de 9 millones.
Si haces esto quedarás exento de pagar los 4.178.445 calculados antes.
Posteriormente, en los años siguientes te podrás deducir por los pagos del préstamo de la misma manera que hasta ahora."
¿Le dices que sí se pueden deducir en los años posteriores .No entiendo cual es la diferencia.Lo único diferente es que mi reinversión sería parcial y no total pero por qué yo no me podría deducir por los pagos del préstamo que pido que sería en principio de 32 millones y en este caso sí se pueden deducir por los 9 millones de préstamo?
Te recuerdo que yo invertiría 32 millones (para quedar exento tendría que reinvertir 324.556'66) con lo cual me quedaban una parte proporcional a pagar por lo no reinvertido pero después por el préstamo de 30 millones entiendo que sí podría deducir, ¿no?
Muchas gracias y perdón por ser tan pesado
1 respuesta
Respuesta de dleto
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