Asalariado y autónomo

Hola otra vez. He finalizado la pregunta... Pero tengo algo más.
Hay un máximo para cotizar en la seguridad social, lo digo porque si cotizo por las dos vías. Y otra pregunta, todo lo que cotice es para "mi", me refiero, si me despido del trabajo asalariado... Y estoy como autónomo... Si decido dejar de ser autónomo pero no tengo otro trabajo... ¿tendría el paro no cobrado?.
Gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
La cotización que se realiza por la parte de autónomo no genera derecho a paro. En cambio la cotización como asalariado cubre la situación de desempleo.
La cantidad que te corresponde cobrar de paro (esto es siempre que la baja en la empresa no sea por voluntad del trabajador, sino del empresario) se calcula en base a la base de cotización (más o menos tu sueldo) y el tiempo que lleves cotizando (años y meses)
Esta cotización como asalariado se guarda, si no has pedido la prestación única que antes mencionaba (este seria tu caso), te das de alta como autónomo y luego lo dejas, se entiende que has dejado de trabajar voluntariamente y no tendrías paro. Para poder cobrar el paro acumulado deberías trabajar de nuevo como asalariado en una empresa, con un contrato temporal, aunque sea de 1 mes, al finalizar un contrato temporal si puedes cobrar la prestación de desempleo, y se calcularía con los datos de este último contrato más lo acumulado anteriormente.
Sobre lo del máximo a cotizar, si que existen máximos, pero no se obtienen de sumar trabajo asalariado y autónomos, por lo que estoy seguro que no los vas a sobrepasar.
Espero que lo tengas todo un poco más claro, si lo necesitas no dudes en volver a preguntar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas