Comunicación apertura centro de trabajo pas. Plazo
Hola experto:
Me gustaría saber que si comunicar a la autoridad laboral la apertura de centro de trabajo pasado el plazo reglamentario de los 30 días, lleva asociado algún tipo de sanción, porque he estado preguntado en inspección y la consejería de empleo y no me terminan de aclarar bien el tema. ¿Me imagino que si lo detecta un inspector durante una inspección será sancionable pero menos grave que no comunicarlo nunca y sabéis si suele ser algo sancionable comúnmente?
Un saludo cordial
Me gustaría saber que si comunicar a la autoridad laboral la apertura de centro de trabajo pasado el plazo reglamentario de los 30 días, lleva asociado algún tipo de sanción, porque he estado preguntado en inspección y la consejería de empleo y no me terminan de aclarar bien el tema. ¿Me imagino que si lo detecta un inspector durante una inspección será sancionable pero menos grave que no comunicarlo nunca y sabéis si suele ser algo sancionable comúnmente?
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