Ley de pagos

Con la entrada en vigor de la nueva ley de pagos tengo muchas dudas.
Tengo una pequeña empresa, y quisiera saber si debo hacer que mis clientes firmen el "acuerdo" para que pueda pasarles los recibos por banco. Si se los debo de pasar a todos o solo a los nuevos clientes.
Y que responsabilidad tengo si devuelvo recibos después de haber firmado con mis proveedores. Y si son mis clientes los que me devuelven los recibos.
Asimismo quisiera saber si el banco podrá seguir descontando recibos girados a clientes a más de 90 días.
Muchísimas gracias.
Respuesta
1
Por el momento, la implantación de la ley está pensado en una serie de pasos de 2010 a finales del 2012 por tanto habría que ver que elementos de la ley le empiezan a resultar de aplicación inmediata y cuales deben irse regulando hasta el punto de total implantación de la ley.
Entiendo que los recibos y el acuerdo de paso de los mismos debería ser condición indispensable de todos los clientes (recientes y anteriores) por cuanto es el único modo de asegurar que el recibo cuenta con la aceptación previa.
La devolución de un recibo a sus proveedores tiene consecuencias económicas - supone el pago de las comisiones de corretaje correspondiente así como las sanciones de mora aplicables. Si los clientes le devuelven los recibos se produce la misma situación.
Le he de indicar que la nueva normativa no permite aplazamientos de pago más allá de 60 días ni siquiera por el acuerdo de las partes. Por tanto, girar recibos de más de 60 días será del todo ilegal y contraviene la ley pudiendo por ello quedando fuera de la protección jurídica que marca esta ley y pudiendo ser sancionado por ello. No obstante, se atenderán esos pagos de mercancías o servicios dentro del periodo establecido de implantación.
Si desea que emitamos un informe personalizado sobre como afecta la ley a su negocio y respecto de los calendarios marcados por esta no deje de solicitarlo a [email protected] (coste - 60 eur + iva).

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas