Mi contrato se termina este mes, la empresa me propone que me haga autónomo. ¿Me ofrecen 20000? Brutos anuales. Por lo que sé, de esa cantidad tengo que restar el 18% del iva, ¿entre la seguridad social y el gestor unos 350?... No estoy segura cuánto es de el IRPF. Tendría la misma jornada laboral de ahora, 40h semanales.
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Anónimo
Estimada (xxxxxx) De entrada debieras pelear un contrato como autónomo económicamente independiente que te garantiza una serie de derechos como a las vacaciones remuneradas por ejemplo ya que la forma autónoma mediante contrato mercantil por de pronto no te puede fijar horarios de ningún tipo salvo que existan otro tipo de prestaciones que compensan lo que dejas de ganar. Por de pronto perderás la posibilidad de cobrar paro ya que para tener derecho a prestación deberás cotizar al menos 48 meses de los cuales 12 seguidos, por tanto, si no trabajas al menos 4 años como autónoma no tendrás derecho a prestación. Más grave todavía, si no se afianza por contrato, la empresa puede despedirte en cualquier momento prescindiendo de tus servicios y sin indemnización cosa que tendría que tratarse con ellos ya que de lo contrario te pueden echar pasado mañana y dejarte sin nada en la calle. Al realizar prestaciones de actividad profesional - si lo que ellos van a pagarte son 20.000 brutos debes tener en cuenta el IVA y el IRPF que tendrás que descontar de esas cantidades, de las que al mismo tiempo bien poco te podrás desgravar por cuanto la prestación la realizas en la empresa del que te contrata. Podrás desgravar la parte proporcional de gastos de desplazamiento y poco más. Así, haciendo un cálculo - 20.000 euros/12 meses = 1.666,66 eur/mes (no tendrías derecho por supuesto a pagas extras). Pero sin olvidar que estamos hablando del bruto. Así que tendríamos que en esa cantidad la empresa cuenta el IVA y el IRPF a devengar (que la empresa retendrá y que deberá abonar a la Tesorería Trimestralmente ya que deberías aplicar la retención correspondiente a las facturas. Es decir: Debes quitar de 1.666,66 eur - 18% de iva + 15% de IRPF = 33% menos, es decir, 550 eur menos - total líquido descontados impuestos = 1.116,66 eur/mes. A los que debes restar la cuota de autónomos que devengando por IT supone unos 250 eur/mes. Es decir, 1116,66 - 250 eur= 866,66 eur te quedarían. Imagina que además tengas necesidad de disponer de una gestoría que te lleve los temas administrativos y las declaraciones. Por otro lado, al tener obligación de realizar la declaración de IRPF (sin tener en cuenta las cargas, patrimonio, etc... que puedan desgravar o bonificarte) tendríamos que calcular la escala salarial para conocer si en este caso habría todavía que descontar más dinero o si por el contrario te devolverían algo de dinero que se sumaría a las percepciones. En una palabra, no te merece la pena realizar ese esfuerzo y renunciar a todas las coberturas y derechos que tienes en régimen general. Es una sobre-explotación a la que te quieren someter que no es de recibo ya que ganarás más en otro lado seguro y con la mitad de quebraderos de cabeza. Hazme caso, coge la indemnización y si tienes posibilidad de tener prestación por desempleo no lo pienses salvo que estén dispuestos como mínimo a cubrirte el IRPF para que te quede al menos una nómina digna. LA otra opción como te decía es la de contratación como autónoma económicamente dependiente que sería más interesante al poder disponer de ciertos derechos de indemnización en caso de rescisión del contrato, vacaciones, etc.