Me gustaría saber cuales son los requisitos legales y permisos necesarios para comercializar juegos de ordenador, en España. La comercialización la realizaría una empresa.
Pues si la empresa ya está constituida, dada de alta en seguridad social, registrada en el registro mercantil, lo único es sacarse el epígrafe de IAE en hacienda que habilita para la venta al mayor (distribución) o al menor (venta al publico consumidor) o ambas si se hacen las dos cosas. Se tendrá que tener en cuenta si no son productos españoles, si son de países terceros con respecto a la UE, se deben pedir permisos de importación cuya documentación la podéis tramitar en cualquier oficina del ICEX o de las Cámaras de Comercio. Si fuera producto nacional no hay problema y si es de la comunidad europea tampoco. Si os seria de interés pertecer al SEDISI(?) Es una Asociación de industriales del sector. Ah! Al decir que lo haría una empresa entiendo que os referís a una sociedad limitada o sociedad anónima, ¿es así? Por que si fuera de otro modo tendríais que aclarar la forma jurídica y su constitución ante notario antes de empezar. Es muy interesante que antes de afrontar el tema de las importaciones establezcáis contacto directo que el servicio exterior de la entidad bancaria a través de la cual vais a trabajar.
Gracias por la información. En nuestro caso, los juegos son hechos por nosotros mismos y no están comercializados por nadie más. ¿Estos juegos es necesario que cumplan algún requisito legal, homologación, registro, etc, para poder comercializarlos? Gracias por su atención. Un saludo.
Pues de nada, para eso estamos. Existe una norma UNE sobre calidad de software y otras dos sobre verificación de software, de ello te pueden informar en www.aenor.es También existe un sello de calidad de software o de autenticidad que expide aenor y que puedes obtener información en la misma página que te he indicado. Eso es muy bueno ya que permite que demostréis que vuestreo software es original vuestro, podéis registrarlo, etc. Por otro lado deberéis dirigidos a la Sociedad General de Autores de España y solicitar el copyrigth y así poseer la propiedad intelectual del producto y por la que se cobran los royalties oficiales por sus copias. La SGAE está en Madrid y tiene una página web aunque no la conozco. Espero que este complemento te sea útil y animo que emprendedores como vosotros son necesarios.