Administrador en SL

Buenos días, quería saber si en una SL:
1.- ¿Es obligatorio tener nombrado a un administrador?,
2.- ¿Dicho administrador responde solidariamente con su patrimonio en caso de quiebra de la SL? ¿O se responde sólo con el patrimonio de la SL?
En caso de que la respuesta 2 sea afirmativa, al administrador de una SL le convendrá no tener nada a su nombre, ¿no?
Un saludo y gracias.

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Respuesta
1
Si es obligatorio tener un administrador en una SL que, además tiene que darse de alta como aútonomo.
El administrador sólo es responsable con su patrimonio en caso de actuación negligente o ilegal, en caso contrario es el patrimonio de la SL el que responde.
De todas formas, si la SL está endeudada con bancos, estos suelen pedir garantías personales a los socios, por lo que a efectos de los préstamos bancarios, los socios sí son responsables con su patrimonio.
Poner el patrimonio a nombre de otra persona solo sirve en caso de estar casado con separación de bienes, sino los bienes de la pareja también responderían en caso de negligencia o acciones ilegales del administrador.
Un saludo
Carlosdemi
He dicho

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