Cartera de valores

Buenas tardes, mi marido y yo en régimen de gananciales tenemos una cuenta y, asociada a ésta, una cuenta de valores sólo a nombre de mi marido. Mi pregunta es si las ganancias o pérdidas que tenga esa cuenta de valores las tenemos que declarar los dos o sólo mi marido. En que casilla de la declaración irían la venta de acciones transmitidas con menos de un año?

Gracias

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Dos opciones:

1: Si la cuenta de valores se ha abierto con el dinero ganado desde la celebración del matrimonio los beneficios son gananciales.

2: Si la cuenta se ha abierto con dinero privativo de tu marido (ahorros anteriores al matrimonio o dinero recibido de una herencia) a pesar de estar en gananciales los beneficios sería privativos suyos.

Por la situación que describes casi seguro que estarás en el caso 1, con lo que los resultados serán gananciales y deberán atribuirse al 50% a cada cónyuge.

En cuanto a las acciones vendidas en menos de un año son consideradas como ganancias a corto plazo y tributan en la base general del impuesto.

Un saludo, espero haberte podido ayudar con mi respuesta. Por favor no olvides puntuar si estás satisfecho con la información recibida para cerrar la pregunta y dar paso a otras cuestiones.

Muchas gracias, una última aclaración, cuando dice en la base general del impuesto a que casilla de la declaración se refiere?

Gracias

Si son acciones cotizadas (cualquiera de las que se pueden comprar en la bolsa) y la operación ha tenido ganancias irán a la casilla 303, si la operación ha tenido pérdidas irán a la casilla 304, ambas en la sección: Ganancias y pérdidas patrimoniales de transmisión de acciones negociadas en mercados oficiales

Un saludo, espero haberte podido ayudar con mi respuesta. Por favor no olvides puntuar si estás satisfecho con la información recibida para cerrar la pregunta y dar paso a otras cuestiones.

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