Me llamo maría, tengo 38 años y tengo una duda respecto a la minusvalía. Desde hace 2 años por molestias en la espalda me hicieron unas pruebas resultado: 2 vertebras me empujan la médula, no tendré mejoría nunca cada vez va a peor, también tengo un angioma arteriovenosa en el cerebro no se puede operar por el tamaño. Prácticamente no puedo hacer nada por lo de la espalda y por el angioma ya que podría reventar. Hace 5 años que no trabajo y no se si podría solicitar una minusvalía.
a) DERECHOS: Se considera que tienes minusvalía si, en tu situación, te encuentras en situación de desventaja frente al resto de personas no discapacitadas a consecuencia de una deficiencia o de una discapacidad, física, psíquica o sensorial, como es el angioma y el roce de las las 2 vertebras, que te le limitan o impiden realizar muchas de las actividades habituales para los no discapacitados. Para ser beneficiario de una ayuda o pensión, no basta con tener una minusvalía, sino que, además, se exige que la minusvalía produzca una limitación superior al 33%. Si realmente no puedes hacer casi nada, tendrías una limitación superior a éste porcentaje, por lo que sí tendrías derecho a ayudas. b) DONDE SOLICITAR LAS AYUDAS: En todo caso, para solicitar la ayuda por discapacidad, necesitarás que un organismo publico te reconozca la discapacidad y el porcentaje de discapacidad. En función de éste reconocimiento, las ayudas o prestaciones que te corresponderán son diferentes. Así, para obtener prestaciones sociales, económicas o fiscales, puedes acudir a los Servicios Sociales Generales del Ayuntamiento donde residas, y te darán la primera información; o bien puedes acudir al Departamento o Servicio de Minusválidos de la Consejería de Bienestar Social, de Asuntos o Servicios Sociales de tu Comunidad Autónoma y/o a los Centros Base de Minusválidos dependientes -donde puedes ya realizar la solicitud-. c) PROCESO: Cuando se ha realizado la solicitud de minusvalía, un equipo multiprofesional formado por un médico, un psicólogo y un trabajador social realizará la valoración de la misma, siendo necesaria la entrevista con varios profesionales que emitirán el dictamen sobre el grado de minusvalía. Si alcanzaS el 33% de minusvalía, adquieres la condición de minusválido y recibirás el certificado de minusvalía, que es un documento oficial, expedido por tu Comunidad Autónoma, mediante el cuál se acredita la condición temporal o definitiva de minusválido y da derecho a las personas a prestaciones sociales y económicas específicas. d) PRESTACIONES: Como prestaciones más importantes, está la asistencia sanitaria y farmacéutica, la contratación laboral incentivada para el empresario, el acceso a viviendas de protección oficial, la reducción de impuestos como el Impuesto de Vehículos de Motor, la desgravación en la declaración de la renta, el abono de la cuota de telefónica, la reserva de plazas para acceder al empleo público y un 2% de los puestos de trabajo en empresas de más de 50 empleados deben de estar reservados para personas con algún tipo de minusvalía. A partir del 65% de minusvalía, los beneficios sociales y de todo tipo son mayores. En concreto, con un 65 % de minusvalía se tiene derecho a solicitar una pensión no contributiva por invalidez, si se reúnen otros requisitos. e) Cada Comunidad Autónoma regula las ayudas y prestaciones para minusválidos de forma específica. Espero haberte sido de ayuda, Javier González, abogado, www.hayadefensa.es