Se puede pasar de una iptotal a una ipparcial?

Tengo una duda y a ver si puedes ayudarme.

Llevo un año con una iptotal por dos hernias cervicales y estoy a la espera de operarme, están tardando demasiado y la revisión la tengo el próximo lunes. Estoy pensando en no operarme y volver a trabajar ya que me encuentro mejor y creo que mi trabajo lo podría realizar con alguna limitación, es decir, evitando realizar esfuerzos. Tengo entendido que la ipparcial te permite trabajar en tu puesto pero con limitaciones, respetando la dolencia que tienes, ¿es posible que en la próxima revisión me puedan conceder una ipparcial por mejoría y así poder trabajar?

Respuesta
1

Sí es posible, sólo tienes que explicarte bien ante el tribunal no vaya a ser que confundan y te den de alta. Aun así, teniendo que ser operado-a de nuevo yo esperaría un poco, y que sea el tribunal que decida. Como el puesto de trabajo están obligados a reservarlo 2 años y sólo has cumplido uno, intenta ver cómo mejoras, o no, no vayas a precipitarte y en este momento las incapacidades están costando mucho de ser concedidas.

Suerte

muchas gracias Anrasan, la revisión la tengo el lunes y la fecha de la operación lleva casi un año de retraso, económicamente necesito trabajar, ya he gastado el colchón que tenia. Actualmente me encuentro mejor, aunque se que en mi trabajo según que cosas no las podría hacer, si me concedieran la ipparcial en el trabajo tendrían que respetar mi dolencia, es decir, si no puedo realizar esfuerzos no los tendría que hacer? También se que con la operación mi movilidad disminuiría ya que me tienen que realizar una artrodesis c5-c7 y como ahora me encuentro algo mejor me da miedo que quede peor y no pueda trabajar. Y si me la conceden que prestación tendría?

Te entiendo perfectamente. En la incapacidad parcial, puedes realizar las tareas fundamentales de tu profesión, que desconozco cual es, pero estás limitado-a para ciertas partes de la misma que repercuten en tu salud. Es evidente que sí debería tu empresa respetar aquellas tareas que no puedes cumplir por motivos de salud y para los que estás incapacitado.

La prestación que se corresponde no es una pensión, sino una cuantía a tanto alzado. Es decir 24 mensualidades calculadas sobre la base reguladora que estuvieras percibiendo en el momento del hecho causante (la lesión).

Si tú te encuentras bien para trabajar, tienes todo el derecho a ello y la empresa deberá respetar tu minusvalía que además queda reconocida en al menos un 33%.

Un saludo y suerte

Pd: si cierras la pregunta envíame un mensaje para decirme cómo te fue.

Hola anrasan, ya pase el tribunal y sigo con la total no me han dado la parcial por estar en espera de operarme, me han dicho que vaya buscando otro trabajo, pero claro con la operación pendiente quien me va a contratar?. Había pensado en no operarme pero a nada que hago un esfuerzo tengo dolores y pienso que igual la operación es lo mejor, no se, ya veremos que pasa mas adelante. Muchas gracias por tu ayuda.

Un cordial saludo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas