Devolución prestación IPT
En el año 2008 me dieron una incapacidad permanente parcial y cobre 24 mensualidades de la base reguladora como prestación de una sola vez. Ahora se me han agravado las secuelas y la empresa quiere hacerme un despido objetivo por ineptitud física (tiene informe de no apto para mi trabajo habitual de la empresa que nos lleva la prevención de riesgos laborales). Tengo 55 años y me gustaría solicitar revisión o iniciar un expediente nuevo con el fin de solicitar la incapacidad permanente total. Mi pregunta es: al haber pasado mas de dos años desde el dictamen de la parcial, ¿tengo qué devolver el dinero que me dieron si lo que pido como una revisión del dictamen anterior?. Creo que he leído algo que tras una sentencia, si habían pasado mas de dos años desde el dictamen ya no tenia que devolverlo. Podría también iniciar un expediente nuevo, sin mas que solicitar mi paso por el EVI, ¿teniendo ya en la mano el despido por motivos de ineptitud física? (Tengo también informe medico actual de las secuelas que tengo y en donde queda reflejado una importante dificultad para realizar mi trabajo).