Te paso la respuesta que encontrarás en www.igsap.map.es/guia/paginas/021710/021710.htm. La respuesta es la siguiente: ¿Qué es la pensión de viudedad del sovi? Es una prestación económica, periódica y vitalicia, que se reconoce transitoriamente por aplicación de las normas del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez, en favor del cónyuge de un trabajador fallecido o pensionista del seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez. -------------------------------------------------------------------------------- ¿Es incompatible la pensión de viudedad con otras rentas? La pensión de viudedad del SOVI es incompatible con: - La realización de cualquier trabajo o actividad que determine su inclusión en el sistema de la Seguridad Social, quedando en suspenso el derecho a la misma. - La pensión de invalidez y vejez del SOVI.. - Cualquier otra pensión a cargo de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social. - Las reconocidas por el régimen de Clases Pasivas causados por un mismo sujeto. -------------------------------------------------------------------------------- ¿Cuándo se hace efectivo el derecho? - Si el causante no era pensionista: el derecho se hace efectivo a partir del primer día del mes siguiente del fallecimiento, si la solicitud se presenta dentro del año inmediato. Si se efectúa con posterioridad, la retroactividad es de un año desde la solicitud. - Si el causante era pensionista: la retroactividad es de 3 meses. Tiene los mismos efectos económicos que en el caso anterior. -------------------------------------------------------------------------------- Requisitos Con carácter general no tener derecho a ninguna otra pensión a cargo de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social. CAUSANTE PENSIONISTA DEL SOVI, o que reúna los derechos sin haberlos ejercitado, CON FALLECIMIENTO ANTERIOR AL 1-1-1967: * Para el causante: Defunción a partir del 1-1-1956. * Para el solicitante: - Tener cumplidos 65 años en la fecha del fallecimiento del causante o estar incapacitado para el trabajo. Si tuviera 50 años conserva el derecho a la pensión, que se hará efectiva al cumplir 65 años. - No tener derecho por sí mismo a una pensión SOVI. - Haber contraído matrimonio 10 años antes, como mínimo, del fallecimiento. CAUSANTE PENSIONISTA DEL SOVI CON FALLECIMIENTO POSTERIOR AL 31-12-1966: Para tener derecho a la pensión de viudedad es necesario que el solicitante sea o haya sido cónyuge legítimo del causante siempre que no haya contraído nuevas nupcias. Causante no pensionista del sovi: * Para el causante: Fallecido a partir del 1-1-1956 y habiendo cotizado 1800 días al SOVI antes de 1-1-1967. * Para el beneficiario: Reunir los mismos requisitos que los establecidos en el supuesto de causante pensionista fallecido con anterioridad. -------------------------------------------------------------------------------- Datos requeridos para iniciar la tramitación Nombre y apellidos - numero de dni - lugar y medio preferente a efectos de notificaciones - fecha de la solicitud. - Datos sobre otras pensiones solicitadas o reconocidas. - Elección de modalidad de cobro. Si el causante procedía de activo: - Datos sobre la situación laboral del causante. - Datos sobre periodos trabajados por el causante. -------------------------------------------------------------------------------- ¿Qué documentos se deben acompañar? 1.- D.N.I. del solicitante. 2.- Libro de familia o certificación en extracto del acta de matrimonio. 3.- Certificado de defunción. 4.- En su caso, documentación acreditativa de la incapacidad del solicitante. ------
Si podes te pediría que me puntuases y des por finalizada la respuesta. Como siempre, a tu disposición pa' lo que gustes mandar, Kuerti