Los autónomos tienen derecho a cobrar la prestación por cese de actividad que no tiene ninguna relación con el paro de los trabajadores por cuenta ajena, pero ese derecho lo adquieren cuando ademas de cotizar por contingencias profesionales y accidente de trabajo ademas cotizan para cubrir la prestación por cese de actividad o el `paro de los autónomos.. Por lo tanto como tu no as cotizado por ninguna de esas contingencias, para que puedas acceder al subsidio para mayores de 55 años y puedas cobrar hasta la edad en la que te puedas jubilar tendrías que trabajar por cuenta ajena con un contrato de trabajo de al menos tres meses si tienes responsabilidades familiares o de 6 meses si no las tienes después de terminar el contrato de trabajo y si reúnes el resto de los requisitos que puedes consultar en el enlace de mas abajo, puedes acudir a la oficina del SEPE que te corresponda para inscribirte como demandante de empleo requisito imprescindible para cobrar cualquier tipo de prestación del SEPE.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..