¿Tendría derecho a cobrar el paro?

Ojalá me pudiesen ayudar en este tema lo antes posible,

Mi hermano se ha despedido de la empresa en la que estaba trabajando (mal por su parte) lo que ha provocado es que el jefe no le firme los papeles del paro, y no tenga derecho a el mismo.

La pregunta es la siguiente, si se le da de alta en el régimen agrario durante 23 días, y el que le da de alta le firma los papeles del despido, puede cobrar la prestación por desempleo. Los días cotizados antes de darse de alta en el régimen agrario son en el régimen general.

En mi opinión, pienso que no tiene nada que ver un régimen con el otro, pero ojala que se pueda.

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Independientemente del Régimen de la seguridad social, en el que se de de alta tu hermano, cuando un trabajador cesa voluntariamente en la empresa en la que esta trabajando, para que pueda acceder a la prestación por desempleo han de trascurrir tres meses desde la fecha del cese voluntario y la fecha del cese por no pasar el periodo de prueba en la siguiente empresa.. Es decir que no sirve con trabajar con un contrato de uno o dos meses y después solicitar el paro si no han trascurrido tres meses desde la fecha del cese voluntario para que se encuentre en situación legal de desempleo y pueda cobrar el paro tienen que trascurrir tres meses exactos, de todas formas en el siguiente enlace te lo explico mas detalladamente.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

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