¿Cómo cuentan los períodos de cotización a tiempo parcial para la jubilación?
Hola, un familiar mío tiene 55 años y la empresa le viene cotizando a mitad de jornada. Pero lo hace de la siguiente manera: cotiza durante 3 días a la semana y jornada completa. Los otros 3 días no los cotiza. En realidad, mi familiar trabaja la mitad de horas cada día (unas 4, aproximadamente), pero 6 días a la semana. El empresario le dice que así le resulta más sencillo y más barato ¿?
Mi pregunta es, ¿va a influirle este sistema en los períodos de cotización a los efectos de su futura jubilación? Es decir, ¿cuando llegue a los 65 años se encontrará que del tiempo (de los días) realmente trabajados, solo tiene la mitad cotizados y no podrá jubilarse?
Y, otra pregunta del mismo caso: en el supuesto de que resultara mejor cotizar más días con menos horas diarias, nos parece que la pensión que devengue (a los 65 años) no le llegaría a la pensión mínima determinada por el Gobierno cada año. Entendiendo que por días cotizados sí llegara a los 15 años, la segunda pregunta sería, ¿le aplicarían, de todas maneras, la cuantía de pensión mínima en este caso?
Muchísimas gracias por la atención y, seguro, por la respuesta.