Cotización con retroactividad

¿Puede un autónomo que no ha cotizado los últimos 15 años o más a la Seguridad Social, pagar sus cuotas con retroactividad? ¿Habría alguna manera de compensar esos 15 años en, digamos, los próximos 5 o 10 con cuotas más altas? ¿Algún tipo de figura legal especial?

Respuesta
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Solo podrías pagar si, estando obligado a hacerlo, no se hiciera por escasez de recursos, por ejemplo.

Pero no porque uno diga un día, pues voy a cotizar 15 años por que sí. Eso sería como "comprar una pensión" y eso en España nunca ha sido posible

Muchas gracias. Una persona que conozco está en esa situación y me parece que

si no ha pagado ha sido porque malamente podía mantener su negocio y muy poquito mas.

El caso es que trabajar ha trabajado; no es que directamente diga de comprar su pensión.

Le comentaré tu respuesta y que se informe. Aún así, sabrías referenciarme a alguna ley o texto dónde se exponga lo que me comentas para poder indagar más por ahí

Si no es posible, no pasa nada.

Muchísimas gracias :)

Ninguna Ley dice eso, que no se pueda pagar una cotización con carácter retroactivo porque uno un día se levante y quiera hacer eso.

Lo que dice la Ley es que hay que cotizar cuando surge el derecho, es decir, cuando se realizan prestaciones por cuenta propia (autónomos) y se realizan trabajos para terceros (cuenta ajena)

Hay una excepción: que sea la Inspección de trabajo o un Juzgado el que obligue a cotizar con retroactividad de hasta cuatro años al que, estando obligado a ello, no estuviera dado de alta en el régimen que le correspondiera.

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