Cuánto se cobra en baja maternal si se ha estado enferma antes del parto

Se que en las 16 semanas de baja maternal la ES. Social paga el sueldo de la madre en base a la última nómina que se tenga.
Pero hay un problema, yo por ejemplo doy a luz a mediados de marzo 2012, y si en
febrero cogiera la baja por ciática (muy probable que me la conceda mi médico de cabecera, ya que ando fatal, al igual que muchas mujeres en el último mes de embarazo), en este caso mi última nómina sería la de febrero, y esa nómina NO está completa, porque según he sido informada, cuando se está de baja por enfermedad común "La prestación de la Seguridad Social por enfermedad común se abonará por días naturales de la siguiente forma:
Del 4º al 15ª día de baja, el 60% de la base reguladora, a cargo del empresario.
Del 16º al 20º día de baja, el 60% de la base reguladora, a cargo de la Seguridad Social.
Del 21º día de baja en adelante, el 75% de la base reguladora, a cargo de la Seguridad Social."
Es decir, que ese mes de febrero sería sobre el que se haría el cálculo de la prestación por baja maternal, y entonces, mi pregunta es
¿COBRARE MENOS cuando esté de baja maternal las 16 semanas, ya que en mi
última nómina se refleja menos sueldo, o la Seguridad Social lo
calculará de modo que cobre lo que hubiera cobrado otro mes cualquiera
-Pongamos el de enero, ¿qué sí lo he trabajado entero-?
¿Alguien puede ayudarme?

Respuesta
1

La base reguladora de la baja por maternidad, se obtiene dividiendo la base de cotización del mes anterior al de la baja o permiso por maternidad entre 30 si cobras por meses y si cobras por días entre los días que contenga el mes anterior al de la baja por maternidad, y como la empresa aun que estés de baja sigue cotizando a la seguridad social por la misma base de cotización por contingencias comunes que tenias antes de la baja por maternidad, para calcular cuánto tienes que cobrar durante la baja maternal o paternal, tienes coger la última nómina antes del parto y buscar las cotizaciones por contingencias comunes, que normalmente aparecen como "bases ES.ES". Ese es tu sueldo bruto mensual para la ES. ES, del que te pagarán al 100% durante la baja de maternidad y paternidad. Esto es así incluso aunque hayáis estado de baja por enfermedad antes del nacimiento, ya que tu empresa debe cotizar por ti igual que en el mes anterior al de la baja, así que tu no tienes que tener en cuenta ni la cuantía ni los porcentajes de la prestación por contingencias comunes porque, son totalmente diferentes a los de la prestación por maternidad, a cuya cuantía no se la aplica ningún descuento porcentaje como sucede en una baja común.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

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