Permiso maternidad
Este mes (estoy de 7,5) me ha tocado coger la baja por riesgo de parto prematuro, y voy a cobrar, pues del día 0 al 3º 0%, del 4 al 20 60% y del 21º al 30º 75% de la base contingencias comunes... Entonces mi nomina ser más baja, y esta sera la ultima antes del permiso. ¿Influirá esto en la prestación de permiso? O el permiso maternidad se calcula sobre la base contingencias comunes, ¿qué se mantiende invariable en las nominas de bajas? Gracias
Lo único que he encontrado en internet es:
Artículo 3. Prestación económica.
1. La prestación económica por maternidad consistirá en un subsidio equivalente al 100 por 100 de la base reguladora correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de este Real Decreto
(¿Esa base reguladora es la base contingencias comunes?)
Lo único que he encontrado en internet es:
Artículo 3. Prestación económica.
1. La prestación económica por maternidad consistirá en un subsidio equivalente al 100 por 100 de la base reguladora correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de este Real Decreto
(¿Esa base reguladora es la base contingencias comunes?)
3 respuestas
Respuesta de bergenz
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Respuesta de rinoawt
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Respuesta de 206585
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Buenas tardes otra duda referente al tema por favor que no lo entiendo muy bien... expongo el caso: el día 2 agosto cojo la. Baja por enfermedad común y en función de los cálculos de la seguridad social sale una cuantía de 40.20e la base de contingencias comunes... entonces empiezo a cobrar a partir del día 4 al.Día 20 un 60% y a partir de ese día un 75%! Sigo de baja hasta el.Día 25 de septiembrie y luego tengo que coger 5 días el alta hasta que empiezo la.Prestación por riesgo de embarazo ! ¿Me podría decir si en este caso la base reguladora se verá afectada? ¿La base reguladora será la reducida al 75% o debería de cobrar sobre la base de 40.25 que me salió antes de la baja?... gracias - Emilio Rafels