Patrimonio de una asociación
Desde hace 29 años pertenezco a un Peña en un pueblo de la provincia de Teruel. Para poder solicitar un crédito bancario nos inscribimos y pasamos a ser Asociación Cultural.
Dicho préstamo fue destinado a la compra de un solar y posterior edificación de la actual sede de la asociación.
¿Es considerado esto patrimonio de la Asociación? ¿Debería estar reflejado en los estatutos? Y por último, ¿Cómo afectaría esto a los socios, se consideraría que le corresponde una parte de dicho patrimonio a cada uno y poder traspasarlo a otra persona?
No se si me he explicado con claridad, si necesita alguna aclararación.
Dicho préstamo fue destinado a la compra de un solar y posterior edificación de la actual sede de la asociación.
¿Es considerado esto patrimonio de la Asociación? ¿Debería estar reflejado en los estatutos? Y por último, ¿Cómo afectaría esto a los socios, se consideraría que le corresponde una parte de dicho patrimonio a cada uno y poder traspasarlo a otra persona?
No se si me he explicado con claridad, si necesita alguna aclararación.
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Respuesta de Abogados Edo
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