Remuneración junta directiva

Un miembro de la junta directiva de una Asociación que sea remunerado por el ejercicio de su cargo, ¿tiene qué ser dado de alta en autonomos/seguridad social, o como se gestiona el tema de la remuneración?

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Los miembros de la junta directiva no pueden tener remuneración por el cargo, pues perderían el derecho a la exención del IVA, posibles subvenciones, etc...
En cualquier caso, una asociación puede contratar trabajadores si los necesita, en el régimen general, pero no debe formar parte de la junta directiva, para evitar que se interprete como una remuneración por el cargo.
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