¿Puede el entrenador ser presidente del club?

En un club deportivo sin ánimo de lucro, ¿puede trabajar como monitor la persona que ocupa el cargo de Director Técnico o Deportivo? ¿Qué tipo de contrato debería tener en caso afirmativo? ¿Y si éste fuera el presidente del club, podría igualmente impartir clases de la actividad objeto del club? He visto que en el año 2009 se contestan estas preguntas, pero mi duda surge por la facilidad y rapidez con que cambian las normas y han transcurrido ya dos años desde la respuesta. Gracias anticipadas.
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El problema es que se puede interpretar que es una remuneración por el cargo (Presidente o cualquiera de la Junta Directiva) y por lo tanto, perderían el derecho a la exención del IVA, subvenciones, etc... Por lo tanto, no recomendamos que los trabajadores formen parte de la Junta Directiva.
En cuanto al tipo de contrato, puede ser cualquiera de los que hay en el ordenamiento jurídico español... Dependerá de las horas y condiciones del trabajo... Parcial, Jornada Completa, Indefinido, etc... Tiene las mismas obligaciones que cualquier empresa, en cuanto a seguridad social, nominas, retenciones, etc...
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