Seguridad vial

Necesito respuestas a las siguientes preguntas, le agradecería mucho que me pudiera contestar.
1.¿Qué se considera una vía de atención preferente?
2.¿Cuál es el numero de niños permitidos con un adulto en un turismo de cinco plazas? De 0 a 2 años y de 2 a 12.
3.¿Cómo se utilizan las luces anteriores y posteriores de niebla?
4.¿Cuál es la tasa de alcoholemia permitida teniendo en cuenta que previamente tiene un permiso de tipo A1, que hace más de dos años que lo tiene y saca el permiso de conducir tipo B?
Espero su respuesta, me seria de gran ayuda, gracias

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Respuesta
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En primer lugar decirle que algunas de sus preguntas son casi de "exámen", pero intentaré ser lo más preciso posible.
1.-En las definiciones que hace la ley de seguridad vial, no se encuentra "vía de atención preferente", ya que, han sido los Ayuntamientos con sus Ordenanzas municipales quienes las han creado. Las VAP (vías de atención preferente) son aquellas que por su elevado tránsito se ven limitadas por la Policía Local como el Servicio de Tráfico y Transportes, restringiendo al máximo posible, dentro de sus competencias, toda autorización para afecciones u ocupaciones de estas vías, remitiéndolas a horarios de circulación no intensiva, nocturnos, o de días no laborables. Igualmente, serán objeto de atención y vigilancia especiales por parte de la Policía Local, y de medidas más intensas de control de la circulación y de uso de la retirada de vehículos infractores de las prohibiciones de estacionamiento.
2.-a)En turismos, autobuses y vehículos mixtos adaptables no se contará cada menor de dos años que vaya al cuidado de un adulto distinto del conductor, siempre que no ocupe plaza.
b) En los turismos, cada menor de más de dos años y menos de 12 se computará como media plaza, sin que el número máximo de plazas así computado pueda exceder del que corresponda al 50 por 100 del total, excluida la del conductor.
-En base al R.G.C. si solo va 1 adulto, se supone que es el conductor del vehículo, con lo cual cada menor ocupará una plaza, siendo la ocupación del adulto conductor y 4 menores. También hay que tener en cuenta que los menores tienen que llevar sistemas de retención homologados, con lo cual difícilmente entrarán 4 de estos sistemas en un turismo...(sin comentarios)
3.-1. También será obligatorio utilizar el alumbrado cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga (artículo 43 del Texto Articulado).
3.2. En los casos a que se refiere el apartado anterior deberá utilizarse la luz antiniebla delantera o la luz de corto o largo alcance.
La luz antiniebla delantera puede utilizarse aislada o simultáneamente con la de corto alcance o, incluso, con la de largo alcance.
La luz antiniebla delantera sólo podrá utilizarse en dichos casos o en tramos de vías estrechas con muchas curvas, entendiéndose por tales las que, teniendo una calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, estén señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí, reguladas en el artículo 149.
La luz antiniebla trasera solamente deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables, como en caso de niebla espesa, lluvia muy intensa, fuerte nevada o nubes densas de polvo o humo
4.-Los conductores de cualquier vehículo no podrán superar la tasa de alcohol en sangre de 0,3 gramos por litro ni de alcohol en aire espirado de 0,15 miligramos por litro durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir. A estos efectos, sólo se computará la antigüedad de la licencia de conducción cuando se trate de la conducción de vehículos para los que sea suficiente dicha licencia.
El permiso de conducir tipo B, se considera independiente del A, por lo que durante dos años deberá respetar el indice de alcoholemia citado, así como llevar durante el primer año la señal V-13 que recoge el art. 173 del R.G.C., la "L" para conductor novel.
-Espero que esta respuesta le ayude, sino es así, puede realizarme las que crea convenientes.

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