Camino de servidumbre
Yo también tengo un problema con el camino de servidumbre con el que linda mi finca.
Yo tenía cerrada mi finca con un muro de contención que soporta dicho camino de servidumbre que da acceso a fincas que no tienen ninguna salida más a camino público. En la parte superior de dicho muro que desde fuera queda a la altura del camino, tenía unos postes de piedra con una malla ya muy antigua. La casa la heredamos y dicho muro llevaba hecho más de 25 años. Tuvimos la brillante idea de querer quitar la malla vieja y cambiarla por un enrrejado. Como no pedimos licencia para cambiar malla por enrrejado, el vecino nos denunció. Cuando acudo al aparejador para hacer un croquis para presentar solicitud de licencia en el ayuntamiento, me dice que no tengo problema porque el camino con el que lindo es un camino de servidumbre ( así lo dicen mis escrituras y así lo tengo registrado en el registro de propiedad) y que tengo los metros necesarios. En el ayuntamiento dicho camino no está inventariado. Aún encima mis padres, cuando construyeron el cierre, por voluntad propia, ampliaron la servidumbre para que las fincas tuviesen acceso en lugar de con un carro de mano, que era lo que pasaba por entonces por allí, pudiese hacerlo también los tratores o carrocetas para una casa que un vecino iba a construir un poco más para arriba de mi casa. Dicho terreno, aproximadamente 1,15 de ancho a lo largo de 30 m de camino, no fue cedido ni al ayuntamiento ni a nadie, supongo que seguirá siendo de nuestra propiedad.
¿Cuál es el problema? Que el ayuntamiento concedió licencias contra un camino de servidumbre, que aún a día de hoy sigue sin estar inventariado como camino público, y me dice que para que yo pueda consolidar un muro que ya lleva hecho, repito más de 25 años, debo retranquear 4 metros al eje del camino porque lo consideran público( debido a que las nuevas construcciones, algunas de ellas si retranquearon, claro antes no tenían camino, justo a su altura el ancho era de un camino de carro, ahí no llegó la cesión de mis padres, y que hay servicios como luz y saneamiento, éste último lo pagaron los interesados hasta el camino público más próximo) y las tuberías pasan por el trozo de terreno que se dejó fuera del cierre pero que considero mío, ya que no lo hemos cedido a nadie, y menos al ayuntamiento.
¿En qué momento un camino de servidumbre deja de serlo para convertirse en un camino público? Dicho camino no tiene salida, da acceso a fincas y a monte.
El aparejador insiste en que cumplo con los metros para un camino de servidumbre y que cuando presenté el proyecto para solicitar licencia aporté escritura marcando dicho camino así como la nota del registro.
Al ayuntamiento no le interesa que yo demuestre que eso sigue siendo un camino de servidumbre, y a la única que se le perjudica es a mí-
Yo tenía cerrada mi finca con un muro de contención que soporta dicho camino de servidumbre que da acceso a fincas que no tienen ninguna salida más a camino público. En la parte superior de dicho muro que desde fuera queda a la altura del camino, tenía unos postes de piedra con una malla ya muy antigua. La casa la heredamos y dicho muro llevaba hecho más de 25 años. Tuvimos la brillante idea de querer quitar la malla vieja y cambiarla por un enrrejado. Como no pedimos licencia para cambiar malla por enrrejado, el vecino nos denunció. Cuando acudo al aparejador para hacer un croquis para presentar solicitud de licencia en el ayuntamiento, me dice que no tengo problema porque el camino con el que lindo es un camino de servidumbre ( así lo dicen mis escrituras y así lo tengo registrado en el registro de propiedad) y que tengo los metros necesarios. En el ayuntamiento dicho camino no está inventariado. Aún encima mis padres, cuando construyeron el cierre, por voluntad propia, ampliaron la servidumbre para que las fincas tuviesen acceso en lugar de con un carro de mano, que era lo que pasaba por entonces por allí, pudiese hacerlo también los tratores o carrocetas para una casa que un vecino iba a construir un poco más para arriba de mi casa. Dicho terreno, aproximadamente 1,15 de ancho a lo largo de 30 m de camino, no fue cedido ni al ayuntamiento ni a nadie, supongo que seguirá siendo de nuestra propiedad.
¿Cuál es el problema? Que el ayuntamiento concedió licencias contra un camino de servidumbre, que aún a día de hoy sigue sin estar inventariado como camino público, y me dice que para que yo pueda consolidar un muro que ya lleva hecho, repito más de 25 años, debo retranquear 4 metros al eje del camino porque lo consideran público( debido a que las nuevas construcciones, algunas de ellas si retranquearon, claro antes no tenían camino, justo a su altura el ancho era de un camino de carro, ahí no llegó la cesión de mis padres, y que hay servicios como luz y saneamiento, éste último lo pagaron los interesados hasta el camino público más próximo) y las tuberías pasan por el trozo de terreno que se dejó fuera del cierre pero que considero mío, ya que no lo hemos cedido a nadie, y menos al ayuntamiento.
¿En qué momento un camino de servidumbre deja de serlo para convertirse en un camino público? Dicho camino no tiene salida, da acceso a fincas y a monte.
El aparejador insiste en que cumplo con los metros para un camino de servidumbre y que cuando presenté el proyecto para solicitar licencia aporté escritura marcando dicho camino así como la nota del registro.
Al ayuntamiento no le interesa que yo demuestre que eso sigue siendo un camino de servidumbre, y a la única que se le perjudica es a mí-
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Respuesta de lageli
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