Poder notarial en accidente de tráfico
Buenos días,
he sufrido un atropello y estoy consultando con varios despachos de abogados, una vez que lean el atestado y las diligencias que se encuentran en el juzgado verán si se ha de llegar a un acuerdo con la aseguradora o se ha de ir por vía penal para solicitar falta grave del conductor, pero unos me dicen que no me hace falta poder general para pleitos otros en cambio me dicen que sí me hace falta.
He llegado a la conclusión de que si se llega a un acuerdo con la aseguradora para que quiero un poder notarial y unos procuradores a no ser que para que mi abogado se persone en el juzgado y solicitar el atestado y diligencias necesite actuar en mi nombre a través de este poder.
¿por favor me puede indicar si me hace falta este poder general o no es necesario?
en caso de que me hiciera falta el poder general para pleitos (me incluye el nombre de dos abogados y tres procuradores) quiero saber si aparte tengo que pagar a los procuradores o ya va dentro del precio del poder.
un saludo.