Problemas con mi chimenea y los vecinos.

Hace seis años reformamos una casa de planta baja, y construimos otra planta adicional.
En la planta de arriba pusimos una chimenea que fue aprobada en el proyecto de obras que se llevó al Ayuntamiento de mi pueblo ( Barcelona, España ).
Al lado nuestro había una edificación de una planta (parking) por lo que quedaba más baja que nuestra vivienda, pero dos años después los dueños decidieron tirarlo y construir una vivienda más alta.
La altura de su casa actual es superior a la nuestra, por lo que una de las paredes que han construido está justo al lado de nuestra chimenea.
Con el tiempo y el uso de ésta, parece ser que les está creando una mancha negra en su pared, mejor dicho, en el tabique pluvial que forra la pared, y por lo que nos comentan, se está haciendo un agujero, cosa que no entiendo pues en principio lo que sale es humo, no llamas.
Mi duda es la siguiente…si a nosotros nos concedieron todos los permisos de obra para construir la chimenea, ¿pueden obligarnos a no utilizar la chimenea porque les estemos causando algún daño cuando ellos construyeron posteriormente a nosotros?
¿Pueden obligarnos a realizar algún arreglo en su pared por los desperfectos que podamos ocasionarles?
¿Cómo pueden habernos aprobado a ambos el proyecto de nuestras construcciones cuando la chimenea está prácticamente tocando con su pared?
Espero haber podido dar todos los datos necesarios para su respuesta...

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Respuesta
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¿Tienen inscrita la obra nueva en el Registro de la Propiedad de la localidad donde se encuentre dicha vivienda?
Hola,
Los planos fueron visados en el pueblo dónde residimos y la obra fue inscrita en el registro de la propiedad de la capital de la comarca, ya que en el pueblo no hay.
Muchas gracias.
¿A qué distancia de pared a pared hay entre su vivienda y la del vecino?
Dígame también si su vecino en la pared que da hacia su propiedad tiene alguna ventana, balcón, cristalera, etc. o es pared lisa completamente.
Las paredes están juntas, no hay separación, (todas las casas de la calle están pareadas, creo que así se dice, es decir unas se apoyan en las otras) aunque la chimenea no llega a tocar su pared.
Cierto es que la distancia de la chimenea a su pared es muy pequeña, no creo que más de 10 cm ( es a ojo...)
Es la pared lateral de la casa, por lo que no hay ventanas ni balcones ( precisamente era una de las cosas que no se podían hacer pensando que tal vez el vecino, como así ha sido, convirtiera el parking en vivienda y por lo tanto elevara la altura de la edificación, lo que no entiendo es como nadie tuvo la previsión de que sería lo que pasaría si él construía a más altura que nosotros, como así ha sido.
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Entiendo que tal vez explicado no quede del todo claro, he intentado explicarlo lo mejor que sé para que pueda hacerse una idea...
Gracias.
Sí, estaba temiéndome que se hubiera adosado la vivienda a la suya, como así me confirma. El problema lo podemos complicar todo lo que usted quiera, y me explico.
Ese señor, no puede hacer una construcción nueva y sobrepasar la cota de la suya, entre otras cosas porque le suprime el derecho de luces y vistas que tenía ya constituido como servidumbre continua, positiva y aparente y consecuencia de ello es que usted ya tenía colocada la salida de humos de la calefacción, salida que él comprobó por sí mismo o por los operarios que le realizaron la obra, que para el caso es irrelevante, porque era notoria su presencia.
Debería haberse opuesto a que la construcción se sobrelevara, invocando la transgresión del derecho de vuelo que sobre dicha parcela tenía usted previamente. El derecho a elevar o sobreelevar constituye medio para llegar a la constitución de propiedad horizontal, con lo que entonces el sobreelevante tiene la propiedad definitiva sobre las nuevas plantas -en base al derecho otorgado, construidas- unida a una cuota de copropiedad en los elementos comunes, y entre ellos el suelo, lo que no se produce en el derecho de superficie: la propiedad superficiaria es una propiedad separada del suelo siempre, y además -por mor de las disposiciones hipotecarias y de la Ley del Suelo en su caso- de carácter temporal y sujeta a reversión a favor del concedente o dominus soli. Diferencias las señaladas tan importantes, que llevan a parte de la doctrina a exponer separadamente ambas figuras: derecho de vuelo o de sobreelevación y derecho de superficie, respectivamente, y no a partir de una única figura jurídica con modalidades.
Tras ésto -un tanto farragoso, supongo- usted se estará preguntando ¿y esto en qué me afecta?, en mucho, porque como le comenzaba diciendo, debería haberse opuesto a que su vecino subiera de cota la vivienda sobre la suya, porque puede encontrarse que dicho derecho lo quiera ejercitar ahora él sobre usted al tener su vivienda más vuelo que la suya ¿me comprende?, y en base a dicho sobrevuelo de su edificación sobre la suya, quiere que le retire la salida de humos de la chimenea. Por eso hay un principio jurídico que señala "prior lex, potior iure", es decir, primero en la ley, mejor en derecho.
Como le indicaba igualmente al comenzar, a partir de ahora todo está en función de las ganas de litigar que usted tenga.
Por un lado, cabe la posibilidad de colocar una estructura de hierro para que sujete la salida de humos y levantarla un metro/metro y medio mas, o ubicarla en la otra mano y por otro dejarla como está y cuando le denuncie hacer la reconvención sobre el primitivo derecho de vuelo que usted tenía sobre el garaje. Eso ya será una decisión suya.
Ruego cierre y valore

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