¿Cómo van a trabajar mis niños de 8 y 11 años? ¿Trabajan los menores en España?
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Respuesta de azu30
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azu30, Abogada especialista en extranjería desde hace 5 años para...
Creo que le he respondido educadamente y dije en concreto que deberá esperar a que sus hijos cumplan los 18 años y además a que tengan un trabajo para realizar la reagrupación familiar como familiar de comunitario. Respecto del Convenio de Derechos Humanos, siento decirle que a pesar de lo indicado en el art 8, la UE no puede permitir a todos los extranjeros que consigan un permiso para venir a España por tener hijos menores con nacionalidad comunitaria, saltándose todos los artículos de la normativa de extranjería española y del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, donde se regulan las reagrupaciones para familiares de comunitarios. Si usted desea intentarlo, solicite un permiso de residencia por causas excepcionales, a ver si tiene suerte y consideran su caso excepcional, pero con la ley en la mano, sólo puedo decirle que usted no puede ser reagrupado por sus hijos actualmente como familiar de comunitario. Ruego que si se va a dirigirse usted a mí de nuevo para insultarme y darme lecciones de lo que he estudiado y lo que tengo que saber o no, no lo haga, ya que daré por finalizada su consulta. Esto es un servicio completamente altruista y siempre hay alguna persona como usted que no sabe valorarlo. Siempre puede ir a un abogado español y que le cobre por consulta 150 euros, que sería lo normal en España. Si usted me pregunta educadamente estaré encantada de responderle y ayudarle en la medida de lo posible, eso sí, tenga claro que las leyes no van a cambiar por muy trágica que sea su vida.