Contratación de personas inmigrantes, categorías laborales y permiso de trabajo y residencia
Necesitaría su ayuda de nuevo pues en referencia al asunto de la chica que queremos contratar en el parque infantil nos surgen estas pequeñas dudas, ya que en el catálogo de difícil cobertura no hemos encontrado nada parecido a camarera ni animadora como nos dijo, vamos a hacerlo por el servicio domestico, ¿entonces dicho servicio es ayuda de cámara y/o doncella o es otro nombre que hay que poner? Ella si entra en españa con el permiso creo que ha de estar un año y renovarla, entonces su marido e hija que esta en españa solo la obtendrán cuando pasen los tres años de arraigo pues ella no puede hacer nada por el para concedérsela, pues se que la podrían tener por reagrupación pero ellos no van a volver a brasil con la hija y todo.
Nuestro plan es el siguiente, solicitarlo todo y el mismo día que salga la resolución si es negativa pues nada, y si es positiva viaja ese mismo día para su país y hemos leído que ella tiene un mes para solicitar cita en el consulado y mientras hace ella allí el nuevo pasaporte, antecedentes, etc, es esto así, ¿verdad? Y una vez tenga todo pues entra en españa y en ese mes le damos de alta en la s.social, lo único que no tenemos claro es si ella tiene un tiempo determinado para entrar en españa o es cuando ella quiera.
Por ultimo y perdón si soy pesada, su hija tiene 15 años y están aquí empadronados desde octubre del 2007. Ella estudia 3 de la e.s.o. Y le han dicho que antes de acabar 4º de la e.s.o. Es decir en junio del 2009, ella tiene que tener d.n.i para poderle hacer el certificado de s.social pues si no no puede pasar de curso ni la universidad ni trabajar. ¿Cómo podríamos solucionar eso?
Nada más por el momento y espero que nos entienda. Muchísimas gracias y esperamos ansiosos sus respuestas para iniciarlo todo lo antes posible.
Nuestro plan es el siguiente, solicitarlo todo y el mismo día que salga la resolución si es negativa pues nada, y si es positiva viaja ese mismo día para su país y hemos leído que ella tiene un mes para solicitar cita en el consulado y mientras hace ella allí el nuevo pasaporte, antecedentes, etc, es esto así, ¿verdad? Y una vez tenga todo pues entra en españa y en ese mes le damos de alta en la s.social, lo único que no tenemos claro es si ella tiene un tiempo determinado para entrar en españa o es cuando ella quiera.
Por ultimo y perdón si soy pesada, su hija tiene 15 años y están aquí empadronados desde octubre del 2007. Ella estudia 3 de la e.s.o. Y le han dicho que antes de acabar 4º de la e.s.o. Es decir en junio del 2009, ella tiene que tener d.n.i para poderle hacer el certificado de s.social pues si no no puede pasar de curso ni la universidad ni trabajar. ¿Cómo podríamos solucionar eso?
Nada más por el momento y espero que nos entienda. Muchísimas gracias y esperamos ansiosos sus respuestas para iniciarlo todo lo antes posible.
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Respuesta de soniavallejo
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