Hola, tengo dos consultas. Yo soy Húngaro y mi señora es Chilena. Estamos residiendo en España hace un mes y ella esta con su visa de turista la cual tiene una duración de 3 meses. Acá estamos haciendo los tramites de legalización de nuestro matrimonio (que se efectuó en Chile) en la embajada de Hungría, pero aún no tenemos el papel legalizado el cuál debiese llegar este mes. La primera pregunta es: cuáles son los pasos a seguir para que ella pueda sacar su residencia española y permiso de trabajo una vez en la mano los papeles?, la segunda pregunta es: ella debe viajar ahora a Chile,Podría tener problemas para ingresar nuevamente a España?.
En primer lugar me imagino que tú eres residente legal en españa. Para reagrupar a tu muer hay dos requisitos fundamentales: 1.- Que tengas tu tarjeta renovada 2.- Que ella esté fuera del país. Una vez que tengáis la partida de matrimonio legalizada, lo que puedes solicitar es la reagrupación familiar. Para ello (y siempre dependiendo de la provincia donde residas pues la documentación que te van a exigir cambia de unas a otras) deberá acreditar: - Que tienes la tarjeta renovada (original y copia de tu tarjeta) . Que dispones de recursos económicos para mantenerla cuando ella vuelva a España. Contrato, tres últimas nóminas e informe de vida laboral. -Que dispones de una vivienda adecuada: Contrato de alquiler y tres últimos recibos de pago o bien escrituras de compraventa de tu vivienda si es en propiedad y último pago de la hipoteca, certificado de empadronamiento donde consten todas las personas que habitan en la vivienda y un informe municipal de la vivienda. Este informe se solicita en el Ayuntamiento de tu domicilio. La ley te permite que si transcurridos 15 días desde que hiciste esa solicitud no han ido a ver tu vivienda, puedas a cudir a un notario para que realice un acta mixta de presencia y manifestaciones. Si estás de alquiler no hay ningún problema si compartes piso siempre que esa otra persona o personas aparezcan en el contrato pues es una forma de acreditar que no pagas tu la totalidad del mismo y por tanto dispones de más recursos económicos para mantener a tu muer cuando venga. Eso sí, deberías juntar un escrito firmado por el resot de coarrendatarios manifestando que conocen tu intenión de reagrupar a tu mujer y que prestan su consentimiento para que ella viva en la vivienda que compartís. Igualmente deberás acreditar que ella es un familiar reagrupable. Normalmente con la primera página de su pasaporte (quedeberá conservar ella, osea que solo te envíe un fotocopia) y el certificado de matrimonio. Tienes que tener en cuenta que la reagrupación familiar solo da derecho a residir y no a traajar. De modo que cuando ella esté legal en España, podrá solicitar la autorización para trabajar cuando encuentre un empresario7empleador que esté dispuesto a tramitarle la autorización para trabajar. (En este último caso no es aplicable la situación nacional de empleo por ser familiar de un residente legal)