Reagrupada con residencia de 5 años

Hola mi amiga tiene la siguiente situación:
Mi esposo y yo somos colombianos; él me ha reagrupado y ahora tengo residencia por cinco años ( se nos ha informado que hubo alguna modificación normativa en el sentido que los autorizados para residir en España por este tiempo (5 años ) podrían solicitar el permioso para trabajar y se les otorga )
Que normativa nos asonseja leer sobre este caso
Gracias por su amable colaboración
Pedro Pablo henao.
Respuesta
1
Respecto a su pregunta le aconsejo que lea los dos textos legales que regulan esta materia:
-Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, con todas las modificaciones habidas en este tiempo,
- Real Decreto 2393/2004, que contenga las modificaciones efectuadas en el mes de julio del 2009
un saludo

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