Res. Ordinaria

Hola buenas tardes
Quería solicitarle información.
Soy residente fliar de comunitario.
Por demoras en la gestión de la certificación de mi matrimonio en ITALIA, vencerán mis 4 años de permiso de residencia en España en Abril'10.-
La nacionalidad española demora entre 18/24 meses en extenderse, por lo que también me veré sin documentación durante un período.-
Me informan que gestione la residencia ordinaria, para legalizar mi situación una vez vencido mi permiso actual y gestione en paralelo la nacionalidad para no quedar, como le dije antes "sin papeles".
¿Es correcto? - ¿Qué documentación debo presentar? No encuentro en el MINISTERIO LOS REQUISITOS y además si me puede informar tiempo de antelación para gestionarlos y demoras posibles en entregármelos. Si se gestionaran una vez que venciera la mía se me extiende un resguardo o doc.que me permita continuar con mi contrato de trabajo : es fijo.
Desde ya, muchas gracias por su respuesta.
Atentamente
Carolina

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¿Qué permiso de residencia tienes actualmente? ¿De régimen general o comunitario?. Por lo que cuentas, creo que comunitario pero confírmamelo.
En principio, si tienes una residencia comunitaria y no puedes renovarla por el tramite del certificado de matrimonio, si puedes solicitar una modificación tanto a un permiso de trabajo o simplemente un permiso de residencia sin autorización a trabajar (debes tener medios económicos para subsistir).
Es necesario saber si has cotizado estos cuatro años a la seguridad social o no. Si no has cotizado, tendrás que presentar un precontrato de 12 meses y jornada completa, además de las documentación de la empresa que te hace el precontrato.
Por el contrario, si has cotizado en estos cuatro años, es necesario presentar un contrato en vigor y documentación de la empresa que te tiene contratada.
Independientemente del supuesto, deberás presentar un solicitud (EX01), Pasaporte en vigor y tarjeta actual de residencia.
Por los datos que das, esto es lo máximo que te puede comentar. Si tienes más datos, exponlos para ser más riguroso.
Buenas tardes
Soy cónyuge comunitaria.
Si solicito Residencia ordinaria, esto es no lucrativo:¿No puedo trabajar?
¿Puedo estudiar en los planes de formación de la JUNTA DE ANDALUCIA para desempleados?
Muchas gracias
En principio, para pedir una residencia sin medios económicos, tienes que demostrar que tienes los medios de vida suficientes para subsistir por tu cuenta. En ese sentido, si te lo conceden, previsiblemente te otorgarán una residencia sin autorización para trabajar. No se las características de estos planes, pero te puedo decir que este tipo de cursos de formación suelen requerir autorización para trabajar (por el tema de prácticas y futuras contrataciones). De todas formas, consulta con la junta, igual ese tipo de formación solo requiere residencia legal.
Una última cuestión, ¿estas segura que tu residencia ha sido por 4 años? Piensa que estas tarjeta de comuntario te las suelen entregar para 5 años (tienes que mirar la fecha de resolución). Si fueran cinco años cuando vas a renovar, podrías solicitar la residencia permanente por llevar en España 5 años de forma continuada (EX00). Mirate esto bien.
Si realmente son 4 años, la opción es lo que hemos hablado antes: modificar a régimen general con o sin autorización de trabajo. En cualquier caso, no dejes de realizar la modificación, ya que para la nacionalidad te piden que tengas en todo momento residencia legal.
Suerte y Saludos.
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