¿Cuánto tiempo puede pemanecer fuera de España?

Explico mi caso, soy español y estoy casado con una mujer colombiana desde hace 3 años. Ella tiene el Permiso de residencia comunitario en regla.
El caso es que el año pasado se fue un mes a Colombia en verano, y por motivos personales se volvió de nuevo a Colombia a mediados de Noviembre.
Yo se que como máximo puede estar 6 meses fuera de España, ¿pero son meses naturales? ¿O son meses desde la primera vez que te fuiste?
O sea, como ella todavía no ha regresado, ¿podría estar hasta Junio? O por el contrario le cuentan esos 2 meses y medio del año pasado (el mes de julio y el mes y medio del 15 de noviembre hasta finales de diciembre), ¿con lo que tendira que regresar antes de mediados de abril?
En ningún sitio dice nada de año natural (o sea, de enero a Diciembre) o de año desde la primera vez.
¿Alguien puede arrojar un poco de luz?
Gracias
Respuesta
1
Esos reglamento a que aludes, no cuentan para familiares de españoles. Son para inmigrantes, al momento de renovar sus papeles, que no pueden haber estado fuera de España, más de seis meses el año anterior a la renovación.
Perdona pero no comprendo.
¿Entonces no tiene límite de meses para regresar a España? ¿Puede permanecer en Colombia más de 6 meses?
Recuerda que mi esposa tiene Tarjeta de Residencia en Régimen Comunitario.
Comentas que no cuenta para familiares de españoles, pero ella es colombiana.
Espero impaciente tu respuesta.
Ella lo que tendrá sera un NIE, como cónyuge de español. Si bien aun es colombiana, por se familiar de español es diferente a cualquier otro inmigrante que haya obtenido sus documentos por la Ley de Extranjería.

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