Pregunta nie

Hola, tengo dos preguntas acerca de la tramitación del NIE como familiar de comunitario. Bueno, acabo de casarme con una española y hoy mismo entregue la solicitud de la tarjeta. (Llevo dos años aquí con NIE de estudiante). Mi primera pregunta es (no lo aclararon en la cita), con el resguardo de la cita entiendo que ya puedo trabajar, ¿o no? Es que el Real Decreto 240/2007 pone, entre otras cosas: Art 8.4 La resolución favorable tendrá efectos retroactivos, entendiéndose acreditada la situación de residencia desde el momento de su solicitud. ¿Lo entiendo bien? Por otra parte, pone que han de pasar 5 años antes de pedir la tarjeta permanente. ¿Esto es 5 años de la fecha en que pedí esta NIE (como cónyuge) o desde que estoy en España con NIE como estudiante (hace dos años)? Gracias!
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Mientras no tengas la resolución favorable no podrás obtener los beneficios del R.D. 240/2007, ya he visto casos en los que se ha denegado, sea por el motivo que sea, aparte en cualquier empleo cuando presentes la tarjeta de estudiante, aunque acompañe la solicitud de residencia de familiar de comunitario, te dirán lo mismo. En referencia a la tarjeta de estudiante, ese tiempo no cuenta como residencia, solo como estancia. Entonces el tiempo te empezara a contar a partir de la fecha de resolución favorable.
Para más aquí estaré

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