En cuanto a la residencia en Perú, es derecho Peruano, así que no le puedo ayudar. Sí le indicaré que el sistema de visados es parecido al Español (aunque no puedo profundizar) de modo que, deberá solicitar un visado de residencia. Para ello le informarán en el consulado de Perú en España, el que le corresponda por circunscripción, de los requisitos que deberá acreditar para residir en ese país.
<a>http://www.consuladoperumadrid.org/</a>
Como turista, puede usted permanecer no más de 3 meses. Habría que preguntar en el consulado si cabe la prórroga, por cuanto tiempo, en qué plazo debe solicitarse y en qué condiciones y requisitos.
Ahora hay mucho control con respecto a los matrimonios, y se deniegan bastante. Sin embargo, si usted reside, por ejemplo durante un año en Perú, se casa allí, y residiendo, solicita en el Consulado Español la inscripción del matrimonio, podría tener muchas probabilidades de que se lo aprueben.
En cuanto a la documentación para el matrimonio. En Perú, dependerá de las autoridades peruanas. En cuanto a España, certificado de nacimiento, certificado de matrimonio donde consten inscritos los divorcios en nota marginal, acreditación del domicilio y documento identificativo. De todas maneras, si el matrimonio se celebra en el extranjero, es conveniente hablar con el consulado a los efectos de que puedan informarle de la documentación que le van a pedir. Puede variar de unos consulados a otros, aunque la documentación que le e indicado siempre se la van a solicitar. No olvide dos cosas:
- Los documentos nunca pueden tener más de 3 meses, desde que se expiden hasta que se presentan ante la administración.
- Los documentos españoles a presentar ante las autoridades peruanas, deben estar apostillados ( legalizados). Eso lo realizan en el Ministerio de Justicia, para ese tipo de documentos.