Colaboración entre transportistas de autocares
Me llegó una sanción porque un transporte regular de uso especial
(colegio) lo estaba haciendo ese día en nuestro nombre otra empresa, la
cual tenía cubierto el libro de ruta correctamente, pero no llevaba el
justificante de colaboración. La sanción viene motivada porque no hemos
comunicado a Transportes que lo iba a hacer dicha empresa. Se basan en
que como Galicia tiene transferidas las competencias, en el Decreto
160/88 de la Xunta dice que hay que comunicarlo, sin embargo en un Ley
posterior del Gobierno Central no habla nada al respecto y es un Real
Decreto (1211/90)
¿Cuál tiene prioridad?, ¿Está bien puesta la sanción?
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Respuesta de brivi
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