Hola ,quisiera saber que obligaciones tengo con respecto al uso del tacógrafo digital.Soy autónomo y no me desplazo mas allá de 50 Kms.¿tengo obligación de descargar los datos ,pasarle revisión o alguna otra cosa?. Gracias.
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Respuesta de brivi
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brivi, Experto tráfico, seguridad vial, y tranporte de mercancias
Bueno si no andas más de 50 kms. Existen una serie de excepciones. Pero para saber si entras o no, me hacen falta mas datos: tipo de vehículo, peso, clase de tarjeta que posees, mercancía que transportas, etc.
Es un camión de 8000Kg , tarjeta de mercancías privado y transporto productos agrícolas desde la finca al centro comercializador
Entrarías en la siguiente excepción) Transportes de mercancías de carácter privado complementario realizados en el marco de su propia actividad empresarial por empresas agrícolas, hortícolas, forestales, ganaderas o pesqueras, que se desarrollen íntegramente en un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa.
Entonces,¿tengo obligación de descargar datos o pasarle revisión al tacógrafo?
Si sólo realizas ese transporte y solo ese, dentro de la zona exenta, no te debem exigir, ni discos, ni tarjeta, ni certificado de actividades, de jornadas anteriores. Tendrías la obligación de pasar la revisión al tacógrafo pero no de descargar los datos. Ahora bien, si realizas algún viaje fuera de los 50 kms, el reglamento dice que el conductor tiene que acreditar sus actividades el día en curso, y los 28 días anteriores, no te cuesta nada llevar un Certificado de actividades relleno para no tener por prroblemas. Si el tacógrafo es digital, en los servicios NO EXENTOS, debes de introducir la tarjeta, y cuando te pida "entradas adicionales", marcar SI, y reseñar como "otros trabajos", desde la anterior extracción, hasta el momento de esa inserción, lo cual será refrendado con el Certificado de Actividades, que debes de llevar. Cuando realizas un servicio fuera de los 50 km, y por tanto fuera de la exención, en ese caso si que SIEMPRE, es obligatorio que acredites con el correspondiente certificado, las actividades del conductor. Por supuesto, los tiempos de conducción si que debes de cumplirlos, cuando no te puedas acoger a la exención, en el caso contrario, cuando te acojas a la exención, nadie te puede obligar a cumplir con esos tiempos establecidos. Independientemente a todo lo anteriormente referido, creo que deberías de descargar de vez en cuando las memorias, tanto de la tarjeta como de la VU, para evitar perdidas de datos, y para poder acreditar en caso necesario, las actividades tanto del vehículo, como del conductor, mas que nada por lo que pueda suceder.